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El Consell de Formentera mantendrá hasta el 9 de noviembre el plazo para solicitar las ayudas para la adquisición de bicicletas

Ciclista profesional
Ciclista profesional

El Consell Insular de Formentera mantendrá abierto hasta el próximo 9 de noviembre el plazo para solicitar las ayudas, por un valor de 13,300 euros, destinadas a la adquisición de bicicletas.

Específicamente, los interesados podrán optar a ayudas para la compra de bicicletas convencionales y convencionales con equipamiento de electrificación por un valor del 20 % del vehículo y con un máximo de 1,000 euros.

También contarán con ayudas para la adquisición de bicicletas eléctricas por el 25 % de su valor con un límite de 3,000 euros por vehículo. Finalmente, el Consell subvencionará el 15 % de la compra de los equipos de electrificación, con un importe máximo de 600 euros.

La adquisición de la bicicleta deberá realizarse antes del 30 de junio de 2024 y la justificación deberá presentarse como máximo dos meses después de la fecha de la factura de compra o de la notificación de la concesión de la subvención, en caso de que se haya realizado la adquisición previamente.

Podrán ser beneficiarias de esta subvención las personas físicas mayores de once años residentes en Formentera que adquieran una bicicleta de tipo urbano, paseo, montaña, ya sean convencionales, convencionales electrificadas o eléctricas, además de los equipos de electrificación para la asistencia al pedaleo.

Los requisitos y accesorios mínimos de las bicicletas convencionales subvencionables serán:

Los requisitos y accesorios mínimos para las bicicletas eléctricas y convencionales electrificadas con equipo subvencionables serán:

  • Casco
  • Luz trasera y delantera
  • Chaleco reflectante
  • Caballete o pata de cabra
  • Bicicletas plegables incluidas
  • Dos adhesivos con los logotipos del Consell Insular de Formentera y el proyecto formentera.eco
  • Potencia del motor eléctrico inferior o igual a 250 W
  • Autonomía mínima de 50 km
  • Batería con capacidad mínima de 9 Ah
  • La alimentación debe cortarse cuando la bicicleta alcance los 25 km/h o cuando la persona deje de pedalear
  • Sin acelerador o puño de aceleración

En cuanto a los equipos de electrificación para la asistencia al pedaleo subvencionables, estos cumplirán con las limitaciones indicadas para las bicicletas eléctricas.

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