NUEVOS DERECHOS

Las madres solteras disfrutarán de un permiso de maternidad doble gracias a la lucha de una enfermera de Ibiza

El Tribunal Constitucional reconoce a una madre soltera de Ibiza el derecho a un permiso de maternidad igual a la suma de los permisos de cada uno de los progenitores de una familia biparental

Una madre con sus dos hijas mellizas.
Una madre con sus dos hijas mellizas.

El Tribunal Constitucional ha reconocido el derecho de una madre monoparental de Ibiza a disfrutar de un permiso de maternidad de 26 semanas, igualando así a la suma de los periodos de baja de los que disfrutan cada uno de los progenitores de una familia biparental.

Esta decisión anula una sentencia del Tribunal Supremo y confirma los fallos previos del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) y del Juzgado de lo Social número 1 de Ibiza, que habían fallado a favor de la madre, según publica Diario de Mallorca.

Se trata de un caso pionero que sienta precedente legal en España y supone un paso adelante en la protección de la igualdad y de los derechos de los menores nacidos en familias monoparentales.

El caso: una lucha de cuatro años

El litigio comenzó en 2021, cuando una madre trabajadora del sector sanitario en las islas, que tuvo dos mellizas, solicitó a la Seguridad Social la ampliación de su permiso de maternidad, pidiendo añadir el periodo que le habría correspondido al segundo progenitor en una familia biparental.

La Seguridad Social denegó la solicitud. La madre presentó una demanda alegando discriminación tanto hacia ella como hacia sus hijas.

La mujer basó su reclamación en el principio de igualdad ante la ley y en el interés superior del menor, amparándose en la Constitución Española y en la Convención sobre los Derechos del Niño. Su argumento central fue que los menores de familias monoparentales reciben menos tiempo de cuidado parental en comparación con los hijos de familias biparentales, lo que vulnera sus derechos.

El Constitucional anula la sentencia del Supremo

El caso llegó hasta el Tribunal Supremo, que en noviembre de 2023 falló en contra de la madre, estimando el recurso de casación de la Seguridad Social. Sin embargo, la progenitora, enfermera de profesión, con el respaldo del sindicato SATSE y del abogado Agustí Aguiló, llevó el caso al Tribunal Constitucional, que ahora le ha dado la razón.

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El Alto Tribunal ha concluido que la denegación del permiso ampliado constituye una discriminación por razón del nacimiento de los niños en familias monoparentales. La Sala Segunda del Constitucional ha argumentado que el tiempo de cuidado parental de estos menores es «significativamente inferior» al de los niños de familias biparentales, lo que no supera los criterios de razonabilidad y proporcionalidad exigidos por la ley.

Además, la sentencia del Constitucional cita doctrina propia y se remite a un fallo del 6 de noviembre de 2024, en el que ya se abordó un caso similar.

Fundamentos jurídicos y argumentos del Constitucional

El fallo del Tribunal Constitucional establece que el legislador, por omisión, ha generado una desigualdad entre los menores nacidos en familias monoparentales y los de familias biparentales, al no reconocer que estos últimos cuentan con el doble de tiempo de cuidado parental.

La sentencia también destaca tres elementos clave que justifican la ampliación del permiso:

  1. Las dificultades de conciliación de las familias monoparentales, ya que toda la carga del cuidado recae en un único progenitor.
  2. La afectación desproporcionada a las mujeres, pues la mayoría de familias monoparentales están encabezadas por madres, lo que genera una quiebra del principio de igualdad de género.
  3. El perjuicio directo a los menores, ya que disfrutan de menos tiempo de compañía y cuidado parental en comparación con los hijos de familias con dos progenitores.

Un fallo que abre la puerta a nuevas reclamaciones

Este pronunciamiento del Tribunal Constitucional sienta un precedente clave y abre la posibilidad de que otras familias monoparentales puedan reclamar el mismo derecho. Además, supone un toque de atención al legislador, instando a reformar la normativa para evitar discriminaciones futuras.

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La Seguridad Social aún no ha reaccionado a la sentencia, pero este fallo podría obligar al Gobierno a modificar la legislación sobre permisos de maternidad y paternidad, asegurando la igualdad de derechos para todas las familias, independientemente de su estructura.

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