SENTENCIA

Condenado en Ibiza por llevarse hasta el sofá y las camas de la vivienda que tenía alquilada

La Audiencia Provincial de Baleares confirma la pena de cinco meses de prisión por apropiación indebida. Al entregar las llaves, en la vivienda faltaban camas, cuadros, electrodomésticos y hasta un sofá de piel.
La Policía Local de Santa Eulària

La Audiencia Provincial de Baleares ha confirmado la condena a cinco meses de prisión impuesta a un hombre por apropiarse de prácticamente todo el mobiliario y el ajuar de una vivienda que había alquilado en Santa Eulària, Ibiza. Entre los objetos que desaparecieron del inmueble había un sofá chaise longue de piel blanca, seis camas, colchones, cuadros, lámparas, pequeños electrodomésticos, ropa de cama y utensilios de cocina.

La sentencia, dictada el 30 de junio de 2026 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, desestima el recurso presentado por el condenado y confirma la resolución del Juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza, que le consideró autor de un delito de apropiación indebida. La medida fue publicada esta semana por el Poder Judicial de España.

Alquiló la vivienda completamente amueblada

Los hechos se remontan a febrero de 2014, cuando el acusado, de nacionalidad británica, firmó un contrato de alquiler con la empresa propietaria del inmueble. La vivienda se encontraba amueblada y el contrato incluía una cláusula por la que el arrendatario reconocía la existencia y veracidad del inventario y se comprometía a devolver tanto el inmueble como todos sus muebles en perfecto estado de conservación.

La relación entre las partes acabó llegando a los tribunales. Después de que en diciembre de 2016 fuese desestimada una demanda de desahucio por falta de pago presentada por la propiedad, ambas partes alcanzaron un acuerdo el 20 de enero de 2017: la empresa renunciaría a recurrir aquella resolución y el inquilino entregaría las llaves y devolvería la posesión de la vivienda.

Sin embargo, cuando el representante de la propiedad acudió ese mismo día al inmueble para comprobar su estado y cambiar la cerradura, descubrió que prácticamente todo el mobiliario y el ajuar habían desaparecido.

Del sofá de piel blanca a los cuadros y la cafetera

La relación de bienes recogida en los hechos probados es extensa. El tribunal da por acreditada la desaparición de un sofá de cuatro plazas con chaise longue de piel blanca, un cuadro Love de Robert Indiana, un cuadro antiguo de payesas, un grabado original con un retrato femenino y varios muebles.

También faltaban una cama de matrimonio con cabecero de piel blanca y colchón de látex, cinco camas individuales con sus respectivos colchones, una mesa de diseño de los años 60 lacada en negro con ribetes dorados, banquetas, lámparas, espejos y botelleros.

A ello se sumaban pequeños electrodomésticos, como una cafetera Nespresso y una batidora, además de sábanas, nórdicos, cortinas, toallas y útiles de cocina. Los bienes fueron inicialmente valorados por un perito judicial en 5.200 euros, aunque la propia resolución señala posteriormente una indemnización fijada en 3.200 euros.

El acusado reconoció que se llevó algunos muebles

El condenado recurrió la sentencia alegando, entre otros argumentos, un error en la valoración de las pruebas y cuestionando la credibilidad del denunciante. También señaló que, al ser británico y no hablar castellano, esta circunstancia podía haber influido en su declaración.

La Audiencia, sin embargo, considera suficientemente fundamentada la condena. Uno de los elementos que tiene en cuenta es que el propio acusado terminó reconociendo durante el juicio que había retirado determinados muebles, entre ellos el sofá blanco de piel tipo chaise longue.

El hombre sostuvo que lo había hecho porque existía un acuerdo verbal con la encargada de la agencia inmobiliaria. El propietario negó esa versión y el tribunal destaca que no se aportó documentación ni ninguna otra prueba que acreditase ese supuesto pacto.

Las contradicciones que pesaron contra su versión

La Audiencia también pone el foco en las diferentes explicaciones ofrecidas por el acusado durante el procedimiento. En la fase de instrucción aseguró que había recibido la vivienda vacía, mientras que durante el juicio reconoció que estaba amueblada y afirmó que posteriormente había sustituido aquellos muebles por otros de su propiedad.

Para el tribunal, esa versión “carece de lógica”, entre otras razones porque una sustitución de esa magnitud debería haber quedado documentada. Además, el contrato incorporaba un inventario acompañado de un reportaje fotográfico de los bienes existentes en la vivienda.

La Audiencia concluye que no existe un error en la valoración realizada por el juzgado de Ibiza y considera razonable concluir que el arrendatario se apoderó y se llevó los muebles sin acreditar que estuviese autorizado para hacerlo.

Por ello, desestima íntegramente su recurso y confirma la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Ibiza, incluida la pena de cinco meses de prisión por un delito de apropiación indebida. Las costas de la apelación han sido declaradas de oficio.

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