URBANISMO A LA CARTA

El Corso intenta salvar la licencia con un proyecto modificado para su macrodiscoteca en Ibiza

El concejal Juan Flores confirmó a los vecinos, tras el pleno, que se ha registrado un modificado que ajusta la ocupación; el órgano insular sostiene desde julio que corregir ese parámetro exige un proyecto nuevo y un informe nuevo, imposible de emitir por la vía derogada con la que se concedió la licencia.
Obras en el Hotel Corso de Ibiza.

La promotora del Hotel Ibiza Corso ha presentado ante el Ayuntamiento de Ibiza un proyecto modificado que reduce la ocupación del establecimiento, el parámetro cuyo exceso motivó la suspensión de la licencia. Así lo confirmó el concejal Juan Flores a los vecinos tras el último pleno municipal, según ha podido saber este medio. El movimiento busca salvar el permiso corrigiendo el defecto que el propio Ayuntamiento reconoció, pero choca con el criterio que el Consell de Ibiza fijó hace dos meses.

Según el relato trasladado a los vecinos, el modificado ajusta el proyecto reduciendo la ocupación para tratar de encajarla dentro del límite legal. Es la respuesta al obstáculo que hizo descarrilar la licencia: el reconocimiento, por parte de los servicios técnicos municipales el 22 de julio, de que el proyecto superaba el tope del 15 % de incremento de ocupación que exige el régimen excepcional por el que se tramitó y de que ese incumplimiento no se subsanaba mediante una simple rectificación.

Un modificado de proyecto es, precisamente, la vía que el Ayuntamiento había apuntado como salida. En un oficio de 31 de agosto, el propio Flores sostuvo que aquel informe «en ningún momento afirmó que la promotora no pudiese presentar una modificación del proyecto».

El criterio que el Consell ya había fijado

El problema es que esa salida tropieza con lo que el Consell dejó establecido el 28 de julio. En su informe-propuesta, el órgano insular concluyó que no cabe admitir un proyecto modificado con la pretensión de acogerse nuevamente al artículo 7 de la Ley 2/2020 —la vía excepcional de la pandemia—, porque esa norma está derogada desde abril de 2025 y no puede emitirse hoy un nuevo informe a su amparo.

El Consell añadió que una modificación dirigida a reducir la ocupación exigiría una nueva valoración técnica y jurídica de una actuación distinta: no un retoque del proyecto informado, sino un proyecto nuevo.

De ahí que la maniobra abra un interrogante de fondo. Si el modificado pretende mantenerse bajo el paraguas del artículo 7, se topa con que la norma ya no está vigente. Y si pretende acogerse a la otra vía disponible —la disposición adicional cuarta de la ley turística, reactivada la última semana con la declaración de zona de reconversión—, se trata de un régimen distinto, con condiciones distintas, que también requeriría empezar de nuevo con un proyecto adaptado y un informe insular propio.

El expediente llega a este nuevo movimiento con la licencia 11/2026 suspendida, no anulada, desde el 17 de septiembre. La declaración de zona turística saturada y de reconversión aprobada la última semana ha abierto al Corso una vía alternativa para volver a solicitar la ampliación por la disposición adicional cuarta de la Ley 8/2012, pero tendría que hacerlo con un proyecto nuevo.

Ese régimen permite inicialmente un incremento máximo del 10 % de la superficie edificada y la ocupación legalmente construidas —ampliable hasta el 20 % por acuerdo del Pleno municipal— y exige un nuevo informe preceptivo y vinculante del Consell. El propio conseller Mariano Juan dejó además claro que esa nueva vía «no cambia el régimen de usos».

El otro frente: de qué superficie recreativa se parte

El alcance del modificado podría ir, además, más allá de una simple reducción de la huella del edificio. Según la información trasladada a los vecinos, la nueva documentación identifica la planta −2 como sala de fiestas-restaurante y la planta −1 como restaurante, una descripción que vuelve a situar en el centro del expediente la existencia y el alcance del uso recreativo previo sobre el que se apoyó la reforma.

La cuestión es relevante porque ese uso preexistente no solo condiciona la posibilidad de mantener o ampliar una actividad recreativa, sino también la superficie sobre la que se construyó el proyecto autorizado. La licencia dejó el uso recreativo proyectado en 2.484,20 metros cuadrados, apenas 15,80 por debajo del máximo de 2.500 permitido, de modo que determinar qué parte del inmueble tenía realmente ese uso y con qué extensión resulta clave para entender cómo se alcanzó ese límite.

El Ayuntamiento reconoció en julio que no existe título habilitante de una sala de fiestas, y su explicación sobre qué actividad ampara el establecimiento ha ido variando. La cuestión de fondo sigue siendo qué uso recreativo puede considerarse realmente preexistente y sobre qué superficie, un debate que el modificado vuelve a poner sobre la mesa al precisar nuevamente la distribución de usos en las plantas inferiores.

Este debate se suma a otro ya documentado por La Voz de Ibiza: la única licencia recreativa localizada en el establecimiento es la de una sala de baile de 1997, limitada a 488 metros cuadrados de la planta −2, con un aforo máximo de 365 personas y prohibición expresa de realizar espectáculos propios de una sala de fiestas. La licencia urbanística de obras a la que aquel permiso remitía tampoco ha aparecido hasta ahora en el expediente consultado por los recurrentes.

La respuesta vecinal y el silencio del Ayuntamiento

Los vecinos de Illa Plana se han mostrado parcialmente sorprendidos ante la novedad que les transmitió el regidor. A la luz de lo que había señalado el Consell, pensaban que «no se podían hacer modificaciones sobre el mismo proyecto inicialmente presentado». Su posición, sostenida en los recursos, es que el problema no se reduce al exceso de ocupación: aunque ese parámetro se corrija, sostienen que sigue sin estar acreditado un uso recreativo legalmente implantado con el alcance sobre el que se construyó el proyecto.

Este medio ha preguntado al Ayuntamiento de Ibiza por el objeto y el alcance del modificado presentado, por la vía legal a la que pretende acogerse y por las superficies y usos que recoge la nueva documentación.

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