Las enmiendas del PP a la Ley 4/2014 de transportes terrestres y movilidad sostenible, incorporadas a la ley ómnibus de proyectos estratégicos que el Parlament votará este martes, endurecen el control contra la captación ilegal de clientes en lugares de alta demanda como el aeropuerto de Ibiza, el puerto y las principales zonas de llegada de viajeros durante la temporada turística. El texto, al que ha tenido acceso La Voz de Ibiza, desarrolla el artículo 63 para precisar qué conductas serán consideradas captación y qué documentación deberán llevar los vehículos para acreditar que el servicio estaba contratado previamente.
La novedad forma parte de uno de los ejes que el Govern ya había anticipado en marzo al aprobar el reglamento del taxi y las VTC: el refuerzo de la contratación previa y el desarrollo de los criterios para determinar cuándo existe captación de clientes en la vía pública sin reserva previa. En aquella aprobación, el Ejecutivo señaló que, en el caso de las VTC, la contratación debía ser previa y que el decreto reforzaba esa obligación.
El cambio llega en un contexto de presión sobre el transporte discrecional en Baleares. En 2023, el sector del taxi ya había considerado “insuficiente” el plan contra los conductores pirata y reclamaba más presencia policial, especialmente en aeropuertos, por la captación de clientes por parte de conductores sin autorización. Aquel plan situaba también los aeropuertos de Palma e Ibiza como puntos prioritarios de inspección.
Qué será captación
La nueva redacción propuesta introduce una definición más detallada. El texto mantiene que los servicios regulados por el artículo 63 “no pueden prestarse a viajeros que no los hayan contratado previamente” y que se prohíbe la captación de clientes fuera de las oficinas o locales de la empresa transportista.
Pero añade una precisión clave: “Se considerará captación cualquier ofrecimiento verbal de servicios de transporte”, así como llevar “cualquier tipo de cartel de ofrecimiento general de prestación de servicios de transporte” o carteles con el nombre de un pasajero si no existe una contratación previa.
Esa fórmula busca cerrar una zona gris habitual en puntos de llegada de viajeros. No bastará con esperar en una terminal o exhibir un nombre si no se puede acreditar documentalmente que el servicio había sido contratado antes. La inspección podrá contrastar si existe reserva previa y si los datos del servicio coinciden con el viaje que se pretende realizar.
Puertos, aeropuertos y estaciones
El apartado 5 del artículo 63 también se desarrolla. Las enmiendas prohíben el estacionamiento de vehículos de transporte discrecional de viajeros en autobús en lugares de concentración y generación de demanda —como aeropuertos, puertos, estaciones de transporte público y similares— cuando pueda propiciar la captación de clientela sin contratación previa.
Para evitarlo, los vehículos deberán llevar documentación acreditativa de la contratación previa. Esa documentación tendrá que incluir los datos del contratante, con nombre y apellidos si es persona física, número de identificación —NIF, NIE o pasaporte—, hora de llegada del vuelo, destino del transporte y número de personas a transportar.
En la práctica, el texto convierte la contratación previa en un elemento verificable. La clave ya no será solo si el conductor afirma que esperaba a un cliente, sino si puede demostrarlo con datos concretos del servicio contratado.
Cuándo se entenderá incumplida contratación previa
Las enmiendas también precisan cuándo se considerará incumplido el requisito. Según el texto, habrá incumplimiento cuando se realice o se intente realizar un transporte en esos puntos de concentración de demanda cargando viajeros sin acreditar la contratación previa, o cuando el contratante o el destino sean distintos de los que constan en la documentación acreditativa.
Ese último punto es relevante: no bastará con llevar una hoja o documento genérico si después los pasajeros, el contratante o el destino no coinciden con el servicio declarado. La inspección podrá comparar la documentación con el trayecto real.
La modificación se inserta en el paquete más amplio de enmiendas que PP y PSIB han pactado para reforzar el control sobre VTC, plataformas de intermediación y transporte discrecional. Ese acuerdo busca levantar un muro legal contra Uber y otras plataformas VTC tras la presión del taxi, pero el artículo 63 tiene un alcance específico sobre la captación en puntos de alta demanda.
Impacto en Ibiza
El cambio puede tener especial impacto en Ibiza por el peso del aeropuerto, el puerto y los traslados turísticos durante la temporada alta. La isla concentra buena parte de la presión sobre el transporte discrecional, tanto por la llegada masiva de visitantes como por las solicitudes de nuevas autorizaciones VTC y la actividad de operadores que trabajan con reservas previas.
El artículo 63 no se limita a plataformas digitales. Su redacción se refiere a servicios de transporte discrecional de viajeros y a la captación fuera de oficinas o locales de empresas transportistas. Por eso puede afectar a distintos operadores: autocares discrecionales, vehículos con conductor, intermediarios y empresas que trabajan en puntos de llegada de viajeros.
El Govern ya había situado la lucha contra el intrusismo como uno de los argumentos centrales para reforzar la normativa. La moratoria de licencias de taxi y VTC fue prorrogada para evitar un desembarco descontrolado de nuevas autorizaciones, mientras que el reglamento autonómico del taxi y las VTC nació bajo la presión de miles de solicitudes pendientes.
Más control para inspección
La reforma del artículo 63 conecta con el nuevo régimen de responsabilidad administrativa. Las enmiendas atribuyen responsabilidad a la persona o empresa responsable de la captación y a la empresa transportista que finalmente presta el servicio en los supuestos del artículo 63.4.
Además, se tipifica como infracción muy grave prestar u ofrecer el servicio de transporte público discrecional de viajeros incumpliendo las condiciones del artículo 63.4, así como incumplir las condiciones del 63.5.
Con estos cambios, el Govern pretende cerrar el círculo: definir con más precisión qué es captación, exigir documentación verificable y fijar quién responde cuando se detecta un servicio irregular. La votación del martes dirá si esa precisión entra finalmente en la ley ómnibus de proyectos estratégicos.







