CONCURSO BAJO SOSPECHA

La caducidad de la concesión a los chiringuitos de Formentera más cerca

Técnicos de la Conselleria del Mar y Ciclo del Agua concluyen los informes técnicos y jurídicos que recogen las irregularidades que contravienen la concesión administrativa

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Los chiringuitos de Formentera del concurso bajo sospecha.

Las siete irregularidades sintetizadas y denunciadas por los antiguos concesionarios de los chiringuitos del concurso bajo sospecha de Formentera ya han sido analizadas y documentadas por los técnicos de la Conselleria del Mar y del Ciclo del Agua.

Así se desprende de los informes jurídicos y técnicos elaborados por los técnicos de la Conselleria del Mar y Ciclo del Agua del Govern, a partir de la presentación de los antiguos concesionarios en la que solicitaban la nulidad de los títulos concesionales otorgados al Consell Insular de Formentera.

En términos generales, se solicitaba al Govern que se “declare la extinción de la concesión respecto de los ocho quioscos, terraza y baños autorizados” por una serie de irregularidades desveladas la mayoría de ellas por La Voz de Ibiza: desde estructuras no desmontables instaladas en zonas inundables, la ausencia del replanteo hasta la insumisión de no retirarlas durante un mes como establece tanto el Reglamento General de Costas, el título concesional y los pliegos de la licitación.

Por eso, planteaban que se admitan las pruebas, se “ordene las inspecciones correspondientes” y que se acuerde “la caducidad del título concesional”.

Tras las inspecciones y los informes de los técnicos de la Conselleria del Mar, ahora se dio plazo tanto al Consell como a los adjudicatarios para presentar sus alegaciones. De momento, no hay propuestas de resolución, aunque estas infracciones contemplan la rescisión fulminante de la concesión.

Documento presentado por los antiguos concesionarios al Govern
Documento presentado por los antiguos concesionarios al Govern

Sin información

Desde la Conselleria del Mar han respondido a La Voz de Ibiza que, al tratarse de un procedimiento abierto, “de momento no se puede facilitar información ni documentación”.

Las 7 irregularidades

    1. El incumplimiento del desmontaje

El primer punto analizado por los antiguos concesionarios es el “incumplimiento flagrante del título concesional al no ser elementos desmontables en todos sus elementos y no desmontar los quioscos en el plazo exigido en la concesión”.

Tal como avanzara La Voz de Ibiza, la condición de desmontar se encontraba incluida tanto en los pliegos administrativos y técnicos como en el título concesional  a partir de lo establecido en el Reglamento General de Costa.

A partir de las alegaciones presentadas por el Consell Insular de Formentera en marzo de 2023, se había establecido “la obligación anual de desmontar se reduzca al período de un mes entre el 15 de enero y el 15 de febrero de cada año».

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Las estructuras no desmontables de los chiringuitos

También se había alertado que los concesionarios incumplieron con la obligación de instalar estructuras desmontables, tal como establece el Reglamento de Costa. En el artículo 68 se indica que “estas instalaciones serán de temporada y desmontables en todos sus elementos”.

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Entre las pruebas, los denunciantes han presentado una serie de imágenes, declaraciones del portavoz Juanjo Costas en Ràdio Illa y concluyen que “las instalaciones no son desmontables por cuanto tardan 45 días para ser montadas y los mismos para ser desmontadas”.

“Se trata de construcciones de madera construidas tablón a tablón, mayoritariamente. Es por ello que han tardado en montar prácticamente todos los quioscos 45 días. Incluso hay dos quioscos que tienen más de una planta”, apuntaron.

De todas formas, aclararon que “el único quiosco que cumpliría el requisito de ser modular y desmontable en todos sus elementos es el quiosco La Gitana, situado en playa Migjorn, donde se encontraba La Franja”.

    2. Falta del acta de reconocimiento previo

En segundo término, plantean que “no se ha levantado el acta de reconocimiento previo de las obras, lo que supone un incumplimiento del título concesional y una causa de caducidad de la concesión”.

Tal como avanzara La Voz de Ibiza, los chiringuitos han funcionado durante toda la temporada sin contar con la preceptiva acta de replanteo, un documento técnico que certifica la correcta ubicación y construcción de las infraestructuras en el Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT), el cual consta de un acta inicial al comienzo del montaje y una final, a modo de evaluación de las instalaciones.

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La instalación de los chiringuitos de Formentera

Por eso, los antiguos concesionarios alertamos de los riesgos de estas construcciones ya que “no consta el facultativo competente para la dirección de obras; Se han ocupado espacios fuera del DPMT (Dominio Público Marítimo Terrestre) autorizado; Lo ejecutado no se ajusta al proyecto en base al cual se otorgó la concesión”.

     3. Instalados en zonas inundables

A esta irregularidad, se le suma que los quioscos de playa “soportan un riesgo cierto de ser alcanzadas por el mar” ya que algunos de ellos se encuentran en zona inundable.

La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, en su artículo 27, establece la servidumbre de tránsito que “recaerá sobre una franja de 6 metros, medidos tierra adentro a partir del límite interior de la ribera del mar”.

En tal sentido, determina que “esta zona deberá dejarse permanentemente expedita para el paso público peatonal y para los vehículos de vigilancia y salvamento, salvo en espacios especialmente protegidos”.

Esto también es recogido por el artículo 74 del Reglamento de Costas en el artículo 74 que establece las normas generales para la ocupación de las playas: “Se dejará libre permanentemente una franja de seis metros, como mínimo, desde la orilla en pleamar”.

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El chiringuito Briss Formentera (Es Pujols) instalado en zona inundable .

En el escrito presentado a la Conselleria se detalla que “el quiosco situado en Es Pujols (identificado como lote nº19 en el contrato de cesión y actualmente denominado Briss), el situado en Cala Saona (Lote nº3, denominado BocaBoca) y el quiosco situado en Es Copinyar (Lote nº 27, denominado Bartolo), incumplen la necesaria distancia mínima de seis metros desde la orilla en pleamar y están siendo alcanzados por el mar”.

“Todos ellos se encuentran ubicados en entornos extremadamente sensibles”, agregan.

Además, han hecho referencia a declaraciones de Juanjo Costa que reconoció que “la planimetría en la que se basan las actas de replanteo fue elaborada por ellos mismos”.

     4. Invasión del dominio público no otorgado

Aquí se hace referencia a las “instalación de tubería de saneamiento de aproximadamente 270 metros lineales bajo la pasarela para dar servicio al quiosco situado en playa Mitjorn, actualmente denominado Amar”, tal como informara en su momento La Voz de Ibiza.

Asimismo, los concesionarios perjudicados por el concurso bajo sospecha detallan que “se observan movimientos de arena, rotura de dunas, alteración de las pasarelas instaladas y la existencia de varios vertidos en la arena”.

Uno de los trayectos de la tubería.
Uno de los trayectos de la tubería del quiosco de la playa de Migjorn de Formentera.

Esta cuestión ya fue denunciada ante esta Conselleria durante la ejecución de las obras y “aún no se ha recibido respuesta y la instalación sigue allí”.

     6. Vertidos de aguas residuales

En el documento, también se denuncia por “vertidos no autorizados” a los quioscos denominados Briss, Amar y Bartolo, al tiempo que se adjunta fotografías como pruebas.

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Fotografía que acompaña la denuncia de vertidos de aguas residuales

Además, valora que “son infracciones graves en todo caso, el vertido no autorizado de aguas residuales”.

     6. Modificación sustancial del título concesional

Los antiguos concesionarios han plantado que la ubicación de los dos quioscos de Els Arenals, que se posicionan en tramos naturales de playa, “no cumplirían las distancias mínimas de 300 metros que exige el artículo 68 del Reglamento (respecto a la concesión vigente de otro bar)”.

Sin embargo, con la ubicación alternativa para ellos que ha propuesto el Consell en marzo de 2023, sí se respeta esa distancia mínima.

Un estudio topográfico contratado por empresas perjudicadas ha revelado que al menos dos chiringuitos han sido ubicados en puntos no autorizados y, por lo tanto, fuera del espacio reflejado en el título de concesión, tal como ha avanzado La Voz de Ibiza.

Estos se encuentran en lugares imposibles de ser autorizados, ya que no cumplen la distancia mínima de 300 metros entre locales expendedores de alimentos y bebidas autorizados, lo que incumple uno de los artículos del Reglamento de Costas.

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Ubicación de La Gitana a 270 metros del Restaurante Insula
Ubicación de La Gitana a 270 metros del Restaurante Insula

“El quiosco no se ha ubicado en el lugar en el que obtuvo autorización y tenemos constancia del informe emitido por la AGE respecto de las irregularidades detectadas tras la denuncia presentada ante Demarcación de Costas”, mediante un escrito de fecha 11 d julio de 2024.

“En la misma denunciamos la ocupación de dominio público marítimo-terrestre sin título en dos ubicaciones de Playa Arenals, las correspondientes al lote 38 (antiguo quiosco Pirata Bus) y al lote 35 (antiguo quiosco La Franja) del contrato de cesión de derechos de ocupación del DPMT en el TM de Formentera”, apuntaron.

    7. Falta de exposición pública del proyecto concesional

Según han planteado los antiguos concesionarios de los quioscos de playa en el escrito presentado ante la Consellería del Mar y Ciclo del Agua, “no consta la exposición pública del proyecto conforme a la normativa de Costas”.

En tal sentido, detallan que, “pese a que la concesión señala que se sometió la petición a la reglamentaria información pública y oficial en el año 2022, no tenemos constancia del anuncio publicado”.

Por ello, consideran que el procedimiento de otorgamiento de la concesión está viciado de nulidad “ya que el trámite de información pública permite presentar alegaciones durante el plazo concedido y se ha obviado”.

“Ello ha causado indefensión y ha impedido alegar contra las ubicaciones planeadas, las distancias, los servicios afectados, la movilidad, los derechos de propiedad, derechos de vecinos, etc”, han expuesto.

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