La Audiencia Provincial de Palma ha condenado a dos años y seis meses de prisión a los dos patrones de la patera que fue rescatada en enero de 2025 a nueve millas al sur de Formentera con 24 personas a bordo y trasladada al muelle de Botafoc, en Ibiza. La sentencia, firme, considera a ambos autores de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros del artículo 318 bis del Código Penal.
Sentencia firme por conformidad
La resolución, dictada el 28 de mayo de 2026 por la Sección Segunda de la Audiencia, se ha pronunciado en estricta conformidad con la petición del Ministerio Fiscal. Los dos acusados aceptaron los hechos y la pena en el momento de abrirse el juicio oral, por lo que las defensas renunciaron a continuar la vista y a interponer recurso, con lo que la firmeza se declaró de forma anticipada.
Junto a la pena de cárcel, el fallo impone a los condenados la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas procesales. El tribunal también ordena abonarles el tiempo de privación cautelar de libertad ya cumplido y levantar las medidas cautelares que siguieran vigentes.
Salieron de Argelia con 24 personas
Los hechos probados sitúan el arranque de la travesía los días 20 y 21 de enero de 2025 en Bouharoun, en la provincia argelina de Tipaza. Desde allí, los dos encausados pilotaron un barco pesquero de unos catorce metros de eslora, en mal estado, con casco blanco y franjas azul y roja, y una pequeña cabina azul.
A bordo viajaban 24 pasajeros de nacionalidad argelina: 14 hombres adultos, 4 mujeres adultas y 6 menores de edad. Entre ellos se encontraban los propios acusados, que, según recoge la sentencia, llevaron a cabo los hechos también para procurar su propia migración a Europa.
Rescate a nueve millas de Formentera
La embarcación fue localizada por Salvamento Marítimo a unas nueve millas al sur de Formentera y trasladada hasta el muelle de Botafoc, en Ibiza, sobre las 16:45 horas del 21 de enero de 2025. La travesía, de unas 17 horas de duración, se realizó en una embarcación calificada por el tribunal de precaria, dotada de un solo motor y no apta para ese desplazamiento.
La sentencia subraya que el pesquero carecía de elementos suficientes de seguridad y salvamento, no disponía de ayudas a la navegación y en ningún caso estaba autorizado por la administración marítima española para el transporte de pasajeros, con el consiguiente riesgo de zozobra y naufragio.
Pagaron millones de dinares argelinos
El fallo detalla también las cantidades que los dos condenados habían desembolsado para viajar. Uno de ellos había pagado previamente unos 70 millones de dinares argelinos y el otro, unos 60 millones, con el objetivo de ser introducidos en España. Esa doble condición, la de patrones de la travesía y la de migrantes que también buscaban llegar a Europa, aparece recogida como hecho probado en la resolución.
Procedimiento tramitado en Ibiza
La causa se instruyó en el Juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza, dentro de las Diligencias Previas 178/2025, y se elevó posteriormente a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma. La ponente de la sentencia ha sido la magistrada Marta de Vicente-Tutor Alemán, que ha firmado la resolución junto a los magistrados Samantha Romero Adán y Alberto Jesús Rodríguez Rivas.
Con esta condena se cierra una de las causas judiciales derivadas de la llegada de pateras a las Pitiusas durante el invierno de 2025, un fenómeno vinculado a la presión de la inmigración ilegal sobre Ibiza y Formentera y que sigue generando actuaciones de Salvamento Marítimo en aguas próximas al archipiélago.









