El Ayuntamiento de Sant Antoni llevará este jueves a pleno la modificación de la Ordenanza municipal del Ruido y las Vibraciones, tras pasar el periodo de consulta pública.
Esta modificación permitirá la ambientación musical en vivo en los establecimientos del municipio, respondiendo a una solicitud de la Asociación de Músicos de Ibiza que llevaba tiempo reclamando esta posibilidad, ya presente en otros municipios de la isla.
La nueva normativa habilitará la realización de música en directo dentro del horario de 13 a 23 horas, con un máximo de dos días a la semana por establecimiento y una duración máxima de dos horas por día.
Según ha explicado el alcalde de Sant Antoni, Marcos Serra, la medida tiene como objetivo “apoyar y dar visibilidad a la música en vivo”, al considerar que esta aporta “un valor añadido a la oferta cultural del municipio”.
Serra ha señalado que esta iniciativa busca fomentar la música en vivo y de calidad, promover la diversidad musical y apoyar a los músicos residentes, con la intención de que se convierta en un atractivo cultural más de Sant Antoni.
El nuevo artículo de la ordenanza especifica que no se podrá habilitar pista de baile y que las actuaciones deberán realizarse dentro del recinto del establecimiento, quedando prohibida la ocupación de la vía pública.
Además, la normativa establece diversos requisitos para proteger la convivencia vecinal y asegurar el cumplimiento de las regulaciones. Se considera ambientación musical en vivo la generada por actuaciones de pequeño formato que se utilicen como acompañamiento o sonido de fondo en los establecimientos, sin afectar al normal desarrollo de la actividad principal del local.
Requisitos
Las actuaciones deberán ser producidas por voz humana o instrumentos musicales, excluyendo la música generada por mesas de mezcla, otros aparatos electrónicos o mediante la reproducción de pistas de audio.
Los establecimientos interesados en ofrecer música en vivo deberán presentar una comunicación previa con una antelación mínima de 48 horas y máxima de 60 días. Este documento deberá estar visible en todo momento para su inspección.