Consciente de la crisis de la vivienda y en busca de un equilibrio entre el turismo -el principal motor económico de la isla- y los vecinos, el Consell Insular de Ibiza tiene una hoja de ruta con el objetivo de destensionar el mercado inmobilario, tanto de venta como de alquiler: las Viviendas de Precio Limitado (VPL). Todo para garantizar la siguiente premisa: “Residentes primero”.
Además de poner límites al crecimiento para evitar una situación de colapso, el presidente insular, Vicent Marí, se ha adentrado en la búsqueda de las herramientas legales necesarias para “frenar” la construcción de las viviendas libres, que suelen terminar en manos de extranjeros ante los valores fuera de alcance de los ibicencos.
Y una de las apuestas es justamente la Vivienda de Precio Limitado. Es decir, un tipo de vivienda protegida que no está sujeta a ayudas públicas directas, pero sí a un precio máximo de venta o alquiler fijado por la administración.
“Lo que se plantea sería promover más vivienda de impulso privado a precio limitado para residentes, como las VPL”, han reconocido desde el Consell a La Voz de Ibiza.
En esa línea, remarcaron que “es una medida que hay que analizar”.
Se trata de una categoría intermedia entre la vivienda libre y la vivienda de protección oficial (VPO). De esta última modalidad, son varios los proyectos en carpeta en Ibiza, aunque los tiempos y avances no coinciden con la urgencia de la crisis habitacional.
En manos de privados
Con precios por debajo del mercado, las VPL buscan favorecer el acceso a la vivienda en zonas con presión del mercado inmobiliario, sin intervención directa de la administración en forma de ayudas, pero sí mediante regulación del precio.
Como contrapartida, los promotores suelen contar con ventajas urbanísticas -como por ejemplo, incrementar la edificabilidad y el aprovechamiento de los solares- o fiscales que vuelvan atractivos este tipo de inversiones.
Las administraciones públicas fijan un precio máximo por metro cuadrado, tanto para la venta como para el alquiler, mientras que el comprador debe destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, al menos durante un período determinado. En tanto, no se puede vender o alquilar libremente durante un tiempo si no es al precio limitado.
La normativa vigente
La Ley 3/2024, de 3 de mayo, de medidas urgentes en materia de vivienda, establece la posibilidad de crear más oferta residencial asequible con precios máximos de venta y alquiler regulados.
El artículo 2 crea una nueva figura, que es la vivienda de precio limitado (VPL), “de carácter permanente, que tiene como característica más importante una limitación de su precio máximo de compraventa y de alquiler”.
Esta propuesta “se trata fundamentalmente de una vivienda que, además de la limitación del precio, tiene otras condiciones que la diferencian de una vivienda libre ordinaria, como son la limitación a una superficie máxima de 90 m² útiles, el destino a domicilio habitual y permanente de los usuarios o beneficiarios, y que estos no pueden ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre alguna vivienda libre o sometida a algún régimen de protección, situada en el Estado español”.
La normativa establece que las VPL “deberán constituir el domicilio habitual y permanente de sus usuarios o beneficiarios, sin que en ningún caso puedan ser comercializadas bajo la modalidad de estancia turística prevista en la legislación turística”.
Para poder acceder a una vivienda de precio limitado, en cualquiera de las modalidades de acceso a estas viviendas, “el beneficiario deberá ser una persona física mayor de edad, residente en las Islas Balears, y no podrá ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso y disfrute sobre más de un 50 % de alguna vivienda libre o sometida a algún régimen de protección, salvo que la vivienda resulte sobrevenidamente inadecuada para las circunstancias personales o familiares u otras circunstancias objetivas debidamente acreditadas”.
Además, establece que “el plazo durante el cual estas viviendas estarán sujetas a las limitaciones establecidas y mantendrán la condición de vivienda de precio limitado será permanente”.
Los primeros casos en Baleares
Esto ha propiciado el desarrollo de diferentes proyectos. Por caso, en la localidad de Manacor en Mallorca, se ha inaugurado la primera promoción completa de Viviendas de Precio Limitado, resultado de la transformación de espacios que antes no eran residenciales (por ejemplo, antiguos locales comerciales) en 10 pisos asequibles para residentes.
Los precios de compra de estas viviendas se sitúan entre aproximadamente 119.000 y 164.000 euros, lo que las hace muy distintas del mercado libre tradicional en Baleares.
En la la barriada de Es Pil·larí, en Palma, el Govern está construyendo promociones de VPL como parte del plan de choque de vivienda. El proyecto contempla 88 viviendas de obra nueva, con pisos que forman parte de esta figura asequible, con precios que oscilan desde unos 169.000 hasta 275.000 euros, según las superficies.
El ejemplo de Santa Eulària
Uno de los primeros ejemplos de este tipo de actuaciones en Ibiza se encuentra en Santa Eulària des Riu, donde el Ayuntamiento ha adjudicado a la UTE formada por la Fundació Privada Salas per l’Accessibilitat y Salas Promohabit S.L.U. la construcción de una promoción de 90 viviendas destinadas íntegramente al alquiler en la zona de s’Olivera, en Puig d’en Valls.
El proyecto, con una inversión total de 21,09 millones de euros (IVA incluido), se desarrollará sobre dos parcelas de titularidad municipal que el Ayuntamiento cede mediante un derecho de superficie por 75 años, de modo que, una vez finalizado ese periodo, tanto el suelo como los edificios revertirán al patrimonio municipal. El inicio de las obras está previsto para junio de 2026, con un plazo de ejecución aproximado de 31 meses y una entrega estimada en enero de 2028.
La alcaldesa de Santa Eulària des Riu, Carmen Ferrer, ha destacado que esta adjudicación supone “un paso más en el compromiso del Ayuntamiento por ampliar la oferta de vivienda asequible y garantizar que los vecinos puedan desarrollar aquí su proyecto de vida”. La actuación se enmarca en el plan municipal ‘Santa Eulària Crea Futur’, orientado a facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes, personas mayores y familias mediante fórmulas sostenibles y de gestión pública.
Requisitos de acceso
Para optar a una de estas viviendas será necesario cumplir tres requisitos generales: ser residente fiscal en España, no disponer de ninguna vivienda en propiedad en el país y estar empadronado en Santa Eulària des Riu al menos 10 años de los últimos 20. A partir de ese umbral, se otorgará medio punto adicional por cada año de residencia, hasta un máximo de cinco puntos.
El sistema de baremación prioriza a jóvenes, mayores y familias. En el caso de las unidades familiares, se sumará un punto por cada menor de edad a cargo. Además, se concederán siete puntos adicionales a los solicitantes de entre 25 y 40 años o a mayores de 65 años. El acceso a las viviendas estará condicionado también a unos límites mínimos y máximos de renta bruta anual, fijados entre tres y diez veces el IPREM, en función del tipo de vivienda.
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