CRISIS DE VIVIENDA

Amplían hasta 2027 el plazo para reconvertir locales comerciales en viviendas

El Govern balear extiende de dos a cuatro años el margen para solicitar el cambio de uso. La medida busca facilitar el acceso a la vivienda ante la falta de alquileres asequibles, especialmente en Ibiza.

Fachada de un local en Ibiza con ventanas cubiertas y un interior moderno
La reconversión de locales comerciales en viviendas.

El Govern balear ha ampliado hasta octubre de 2027 el plazo para que los propietarios de locales comerciales u oficinas puedan solicitar su reconversión en viviendas, una medida que se implementó inicialmente en 2023 con una vigencia de dos años. 

La nueva prórroga se establece en la Ley 7/2024 de simplificación administrativa, publicada en el BOE el 17 de enero de 2025.

La decisión se enmarca en un contexto de alta presión sobre el mercado del alquiler, especialmente en territorios como Ibiza, donde el acceso a una vivienda asequible continúa siendo uno de los principales problemas sociales y económicos.

El plazo se duplica: ahora hay tiempo hasta octubre de 2027

La medida fue introducida inicialmente mediante el Decreto ley 6/2023, de 2 de octubre, de medidas urgentes en materia de vivienda, que habilitaba un plazo de dos años para que se pudieran presentar solicitudes de cambio de uso de locales a viviendas. 

Ahora, gracias a la disposición adicional decimosexta de la Ley 7/2024, ese margen se amplía a cuatro años desde la entrada en vigor del decreto original, lo que fija el nuevo límite en octubre de 2027.

Desde la Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad, confirmaron a La Voz de Ibiza que la ampliación busca dar cobertura a todas las solicitudes de licencia que puedan presentarse a lo largo de esta legislatura, especialmente en aquellos casos en los que las operaciones requieran procesos previos de compraventa de inmuebles o suelos, que pueden alargarse en el tiempo.

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¿Qué permite exactamente esta norma?

La medida exonera del cumplimiento del parámetro de intensidad residencial y de la reserva obligatoria de aparcamiento, con un límite de una vivienda por cada 60 metros cuadrados de superficie edificable residencial. 

La condición es que el edificio esté ubicado en suelo urbano y que el uso residencial plurifamiliar esté permitido por el planeamiento vigente, independientemente de su localización o distribución dentro del inmueble.

“Este parámetro prevalece sobre cualquier otro establecido en el planeamiento que determine el número máximo de viviendas por parcela”, recoge literalmente la Ley 7/2024, que puedes consultar aquí.

Simplificación administrativa como marco normativo

La Ley 7/2024, aprobada por el Parlament de las Islas Baleares en diciembre de 2024, tiene como objetivo “incrementar la eficacia y eficiencia de la gestión administrativa” para facilitar el acceso a servicios públicos y agilizar trámites tanto para ciudadanos como para empresas.

“La simplificación administrativa se traduce en la mejora de la calidad normativa, la modernización, la reducción de cargas administrativas y la transformación digital del sector público”, establece el texto legal.

Ibiza, foco del problema

Esta ampliación del plazo cobra especial relevancia en Ibiza, donde la falta de vivienda habitual y el encarecimiento del mercado de alquiler han dejado a gran parte de la población con pocas alternativas de acceso a una vivienda digna. 

La posibilidad de reconvertir locales sin uso en pisos habitables se plantea como una vía intermedia para aumentar el parque disponible sin necesidad de grandes desarrollos urbanísticos.

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