El pleno del Consell Insular de Ibiza ha inadmitido el recurso de alzada presentado contra una sanción urbanística por la ejecución de obras ilegales en suelo rústico protegido Área Natural de Especial Interés (SRP-ANEI) en Sant Joan de Labritja, confirmando así una multa de 1.479.630,78 euros.
El recurso se dirigía contra el acuerdo del Consell Executiu de 14 de junio de 2024, relativo a un expediente de disciplina urbanística por la realización de obras sin título habilitante en una parcela situada en el polígono 9, parcela 273, en la venda de s’Àguila.
Según detalla la resolución, en la parcela se construyeron cinco edificaciones de uso residencial sin licencia urbanística. En concreto, una destinada a lavandería y cuarto técnico (53,26 m² construidos), una segunda con habitación y baño (57,12 m²), una tercera también con lavandería y cuarto técnico (153,68 m²), una cuarta compuesta por salón-comedor, cocina, baño y cuarto técnico (99,71 m² construidos) y una quinta con salón-comedor, cocina, baño y dos habitaciones (80,46 m² construidos).
Además, en el espacio libre de la finca se ejecutaron otras construcciones no permitidas: una piscina de 195,35 m², un anfiteatro de 165,70 m², una terraza pavimentada de 429,37 m², una pérgola de 172,41 m² que rodea la vivienda original y una instalación fotovoltaica de 92 m².
Suelo rústico protegido ANEI
Los servicios técnicos concluyeron que todas estas actuaciones son manifiestamente incompatibles con la ordenación territorial y urbanística vigente, al ubicarse en suelo rústico protegido ANEI, donde el uso de vivienda unifamiliar está expresamente prohibido.
La valoración económica de las obras ejecutadas sin autorización se fijó en 591.852,31 euros. En aplicación de la Ley de Urbanismo de las Illes Balears para infracciones muy graves en suelo rústico protegido, se impuso una sanción equivalente al 250% del valor de las obras, lo que asciende a 1.479.630,78 euros.
El acuerdo ahora confirmado también ordena el restablecimiento de la realidad física alterada. La propiedad dispone de un plazo de seis meses para presentar el proyecto de demolición de las obras objeto del expediente.
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