El Parlament balear entra de lleno en uno de los conflictos históricos del sector del taxi con las enmiendas a la Ley 4/2014 de transportes. El PSIB ha propuesto modificar el artículo 53 para incorporar en el sistema de adjudicación de licencias estacionales un criterio que ya figuraba en la norma, pero que hasta ahora no estaba integrado en el procedimiento.
La propuesta introduce en este artículo que las licencias temporales se otorgarán mediante concurso “valorando la preferencia (…) a quienes ya sean titulares de licencias urbanas o interurbanas de transporte de viajeros en autotaxi”.
De principio general a criterio dentro del concurso
La preferencia a favor de los titulares no es nueva en la ley. El artículo 52 ya establece que “las licencias de carácter temporal se otorgarán preferentemente a los titulares de licencias de carácter ordinario”.
Sin embargo, ese criterio figuraba como un principio general, sin estar incorporado de forma expresa al artículo que regula el procedimiento de adjudicación. La enmienda da un paso más al trasladar esa preferencia al artículo 53, que es el que fija cómo se otorgan las licencias, integrándola directamente en el sistema de concurso.
Un cambio que afecta a la interpretación
Este movimiento no introduce un nuevo criterio, pero sí modifica su encaje dentro de la ley. Al incorporarlo al procedimiento, refuerza su aplicación práctica en la adjudicación de licencias estacionales.
Hasta ahora, la falta de desarrollo en este punto había dado lugar a interpretaciones distintas dentro del sector, especialmente en el reparto entre titulares y asalariados.
La Ley 4/2014 dice en el artículo 53 que en el caso de las ordinarias “se valorará de manera preferente, entre otros aspectos, la dedicación previa a la profesión en régimen de trabajador asalariado o de familiar del trabajador autónomo que no tenga la condición de asalariado”.
En el caso de las licencias ordinarias, esto se ha traducido en la práctica en que los titulares no puedan aspirar a una hasta tanto haya solicitudes de asalariados.
Sin embargo, en el caso de las licencias temporales (sin el criterio de la “preferencia” integrado en el procedimiento de adjudicación), se ha interpretado históricamente de distintas maneras, según el momento y lugar. Por ejemplo, el Ayuntamiento de Palma considera que la preferencia para los titulares implica que los asalariados solo accederán a estas licencias en el caso de que se agoten las solicitudes de titulares. Pero en Ibiza se ha interpretado que preferencia es simplemente otorgar un porcentaje mayor.
“Esto va a quedar muy ambiguo, va a quedar a un criterio de cada Ayuntamiento, que no es lo que nosotros deseamos”, había advertido a La Voz de Ibiza el presidente de la Agrupación de Autotaxis de Baleares, Toni Bauzá, cuando se aprobó el reglamento del taxi y las VTC hace poco más de un mes.
Ahora, la enmienda del PSIB propone para las licencias temporales una redacción muy similar a la que ya se utiliza en las ordinarias para priorizar a los asalariados, trasladando ese mismo esquema al ámbito de las estacionales.
Las modificaciones forman parte del paquete de enmiendas que se tramita actualmente en el Parlament dentro de la ley de medidas en curso y que deberá pasar por comisión antes de su aprobación definitiva en pleno.












