El Consell Insular de Formentera ha incoado un total de 41 procedimientos sancionadores por acampada ilegal durante el pasado verano, una actuación que pone el foco en el control de esta práctica prohibida en toda la isla.
De estos expedientes, al menos tres han tenido que ser publicados en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) al no haberse podido notificar personalmente a los infractores .
Según recoge el BOIB, el presidente del Consell, Óscar Portas, ordenó el inicio de los procedimientos sancionadores contra varios particulares por incumplir la ordenanza que prohíbe la acampada libre, en aplicación del artículo 15 de la normativa vigente.
La publicación responde a la imposibilidad de realizar la notificación por correo certificado, tal y como establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común .
Multas de 300 euros por acampar sin permiso
La ordenanza municipal establece sanciones de 300 euros para quienes incumplan la prohibición de acampada libre en cualquier punto del territorio de Formentera, una medida que se aplica sin excepciones salvo autorización expresa. Además, la normativa recoge que cada día de estancia se considera una infracción independiente, lo que puede suponer la acumulación de multas en caso de permanencia prolongada.
La regulación prohíbe de forma expresa la acampada tanto en espacios públicos como en terrenos privados, dejando claro que no existe ninguna zona habilitada fuera de los espacios autorizados. La prohibición afecta a playas, zonas costeras, bosques, caminos, aparcamientos, solares, suelo rústico y, en general, a cualquier punto de la isla sin autorización administrativa.
La normativa también amplía el concepto de acampada ilegal más allá de las tiendas de campaña, incluyendo caravanas, autocaravanas, furgonetas o cualquier vehículo adaptado para pernoctar. Incluso contempla como infracción la simple pernoctación sin elementos visibles, si se demuestra la estancia sin permiso.
Asimismo, el uso de elementos como sacos de dormir, colchones o cualquier tipo de mobiliario que permita pasar la noche está igualmente sancionado, lo que refuerza el carácter restrictivo de la ordenanza.
El objetivo principal de esta ordenanza «es preservar el patrimonio natural y cultural del municipio de Formentera estableciéndo la prohibición de la actividad de acampada libre en todo su término municipal».
Notificación por vía oficial
En los casos publicados en el BOIB, los afectados disponen de un plazo de quince días para presentar alegaciones, tras lo cual continuará la tramitación de los expedientes sancionadores. Los expedientes pueden consultarse en la sede del Consell, en el área de Medio Ambiente en Sant Ferran.
La publicación en el boletín oficial es el último recurso administrativo cuando no ha sido posible localizar a los infractores, un procedimiento habitual en este tipo de expedientes.










