El conseller balear de Turismo, Cultura y Deportes, Jaume Bauzá, ha asegurado que la modificación de la Ley General Turística permitirá clausurar de forma cautelar las viviendas que se estén comercializando turísticamente sin licencia, tal como había venido reclamando sin éxito el Consell de Ibiza desde la pasada legislatura.
El conseller ha asegurado en una entrevista en Mallorcadiario que el Govern está obligado a darles a los consells «todas las herramientas posibles para que puedan combatir esta oferta ilegal, incluidas medidas cautelares en casos de establecimientos sin licencia».
En este punto, el conseller hablar abiertamente de «precintos» y «de clausurar viviendas en las que se está realizando esta actividad sin licencia».
Las declaraciones del conseller suponen un cambio radical en la política contra el alquiler turístico ilegal, ya que hasta ahora el Govern se había mostrado reticente a aplicar una medida que ha sido ampliamente reclamada desde Ibiza.
Establecimiento o vivienda
La razón que esgrimía el Govern para no incorporar a la Ley Turística la clausura de viviendas que se están comercializando turísticamente es que la Constitución establece que el domicilio es inviolable. En sentido contrario, desde el Consell y las patronales sostienen que al desarrollarse una actividad turística, aunque sin licencia, el inmueble pierde la condición de domicilio y se convierte en un establecimiento y, por lo tanto, son de aplicación las leyes que regulan las actividades mercantiles.
Efecto disuasorio
Desde el Consell de Ibiza esperan que la clausura de pisos, apartamentos y villas que se comercializan turísticamente sin licencia suponga un antes y un después en la lucha contra este actividad clandestina.
La realidad es que las normas actuales no han desincentivado a los propietarios a dejar de comercializar dichas viviendas en el mercado turístico por múltples razones. Entre ellas, insuficiente capacidad inspectora, retrasos en la tramitación de las sanciones mientras se siguen alquilando las viviendas y, por lo tanto, generando pingües beneficios y serias dificultades para cobrar las sanciones interpuestas, por un lado, por la falta de interés de la Agencia Tributaria (AEAT) y, por otro, por la incapacidad de embargar cuando el sujeto pasivo, persona física o jurídica, es extranjero.
En este sentido, precintar un piso de forma cautelar tiene un efecto inmediato, ya que la vivienda deja de poder ser comercializada y sale del mercado y, por lo tanto, las pérdidas son inmediatas para los propietarios. Este hecho, confían desde el Consell, tendrá un efecto disuasorio en cuanto se empiece a aplicar, ya que los propietarios entenderán que el riesgo es demasiado alto, con lo que se logrará que muchas de estas viviendas vuelvan al mercado residencial.
Sin plazos
El conseller no ha desvelado los plazos que maneja su departamento para la entrada en funcionamiento de la norma, ya que pretende que sea aprobada con el máximo consenso posible. «Queremos que todo el mundo se sienta representado en las diferentes mesas sectoriales, políticas y técnicas. Se debe poder participar ampliamente y nos preocupa más que sea una ley perdurable en el tiempo a que sea rápida en su tramitación. Debemos tener la vista puesta en el largo alcance. La tarea para elaborarla internamente ya se ha iniciado, pero el plazo para que se apruebe, no lo sé; no sé si será el año que viene o a principios del 25. La verdad es que dependerá mucho del trabajo que se realice durante su elaboración».