El Tribunal Supremo ha decidido que sea la Justicia de Ibiza la que siga investigando la estafa sufrida por una propietaria que alquilaba su vivienda como alojamiento turístico en la isla a través de la plataforma Vrbo. En un auto fechado el 21 de julio, la Sala de lo Penal zanja así el conflicto de competencia abierto con un juzgado de Pontevedra, destino final de los 17.329 euros que la víctima nunca llegó a cobrar.
Así fue el fraude bancario
La víctima presentó la denuncia el 23 de agosto de 2023. Explicó que alquilaba su casa en Santa Eulària a través de la aplicación Vrbo y que el 2 de julio de 2023 debía recibir un pago de 17.329 euros en su cuenta bancaria. Al no llegar el dinero, contactó con la plataforma y descubrió que alguien había cambiado la cuenta de destino del pago a nombre de otra persona.
El dinero acabó en Pontevedra
Las pesquisas policiales identificaron al nuevo titular de la cuenta como Olegario, residente en Bueu (Pontevedra). Había abierto la cuenta en Open Bank el 8 de junio de 2023 y facilitó como domicilio de notificaciones una dirección en Vila-seca (Tarragona). Ese rastro llevó al juzgado de Ibiza a plantear en abril de este año la cuestión de competencia con el de Pontevedra.
La Fiscalía se decantó por Ibiza
El Ministerio Fiscal emitió su informe el 28 de mayo y se pronunció a favor de mantener la causa en la isla. Los fiscales recordaron que, en las estafas cometidas por medios informáticos, la jurisprudencia del Supremo aplica el criterio de la ubicuidad: el delito se entiende cometido en todos los lugares donde se desarrolló alguna de sus fases, desde el engaño hasta el perjuicio económico.
El criterio que decidió el caso
El Supremo recordó que el criterio de la funcionalidad —trasladar la competencia al juzgado que esté en mejores condiciones para investigar— solo se aplica cuando el caso reviste una complejidad especial, como fraudes con víctimas en distintas provincias o tramas que operan desde el extranjero. Al tratarse de un fraude sencillo, con los elementos del delito perfectamente localizados, la Sala consideró que no había motivo para apartarse de la regla general de competencia.
Sin recurso posible
El auto, firmado por el presidente de la Sala, Andrés Martínez Arrieta, junto con los magistrados Julián Sánchez Melgar y Leopoldo Puente Segura, atribuye de forma definitiva la instrucción a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Ibiza, plaza 3, donde se tramitan las Diligencias Previas 914/2024. La resolución no admite recurso alguno, por lo que la investigación de esta estafa vinculada al alquiler turístico continuará en los juzgados de la isla.
El caso llega, además, en un momento de máxima vigilancia sobre el sector: mientras la Justicia esclarece este fraude bancario, el Consell y los ayuntamientos de la isla mantienen una ofensiva paralela contra el alquiler ilegal, reforzando el control sobre toda la oferta de alquiler turístico que se comercializa en plataformas digitales.










