JUSTICIA

De un accidente de moto al despido: el caso del camionero de Ibiza que reclamaba una incapacidad absoluta

El trabajador sufrió un grave accidente de moto en 2022 que le dejó múltiples secuelas y acabó siendo despedido por ineptitud sobrevenida. Aunque tiene reconocida una incapacidad permanente total, el TSJ de Baleares rechaza concederle la absoluta al considerar que todavía puede desempeñar trabajos de baja exigencia física.
La empresa para la que trabajaba era Ca Na Negreta S.A., y la mutua responsable del pago de la prestación es Asepeyo.

El Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares ha confirmado la incapacidad permanente total de un conductor de camión de recogida de residuos de Ibiza que sufrió un grave accidente de tráfico en marzo de 2022. La Sala de lo Social desestima así el recurso del trabajador, que pedía elevar el grado a incapacidad absoluta, y mantiene la sentencia dictada en marzo de este año por el Tribunal de Instancia de Ibiza.

Un accidente de moto que lo dejó politraumatizado

El trabajador circulaba en motocicleta de vuelta a casa el 3 de marzo de 2022 cuando otro vehículo colisionó con él en un cruce. El impacto le provocó un politraumatismo grave: traumatismo de bazo, fracturas múltiples de costillas, contusiones en ambos muslos y una lesión severa en el hombro derecho que requirió una cirugía de artroscopia en mayo de ese mismo año.

El accidente fue calificado como de trabajo in itinere, es decir, ocurrido en el trayecto entre el centro de trabajo y el domicilio.

Secuelas que persisten años después

Según recoge la sentencia, el hombre arrastra desde entonces dolor cervical, dorsal y lumbar, hernias discales, cambios degenerativos vertebrales y una neuropatía en ambas piernas que le provoca parestesias. En abril de 2024 fue declarado no apto para su puesto por el servicio de prevención médica y, pocos días después, despedido por ineptitud sobrevenida.

La empresa para la que trabajaba era Ca Na Negreta S.A., y la mutua responsable del pago de la prestación es Asepeyo.

Por qué el INSS le negó primero la incapacidad

El Instituto Nacional de la Seguridad Social había denegado inicialmente cualquier grado de incapacidad permanente, el 20 de marzo de 2024, al considerar que las lesiones solo eran constitutivas de daños permanentes no invalidantes. El trabajador recurrió esa decisión ante los tribunales y el juzgado de Ibiza le dio parcialmente la razón: reconoció la incapacidad permanente total para su profesión habitual, con derecho a una pensión del 55% de su base reguladora de 2.015,5 euros mensuales, con efectos desde marzo de 2024.

La empresa para la que trabajaba era Ca Na Negreta S.A., y la mutua responsable del pago de la prestación es Asepeyo.

La pelea por la incapacidad absoluta

No conforme con esa resolución, el trabajador recurrió en suplicación ante el TSJ pidiendo que se le reconociera la incapacidad permanente absoluta, el grado que impide realizar cualquier trabajo, no solo el habitual. Su defensa alegó que, además del cuadro físico, sufre un trastorno ansioso-depresivo que agrava su incapacidad para integrarse en el mercado laboral.

La Sala, sin embargo, rechaza ese argumento. Explica que el informe del médico forense —al que otorga un valor probatorio prevalente— solo acredita limitaciones de carácter físico, sin que se haya demostrado que la afectación psíquica tenga la entidad funcional suficiente para justificar la incapacidad absoluta. Según los magistrados, el trabajador conserva capacidad residual para desempeñar actividades sedentarias o de baja exigencia física, citando expresamente los códigos de la Guía de Valoración del INSS que permiten la higiene postural.

Una pensión que ya incluye un recargo

La sentencia de instancia, ahora confirmada, reconoce además un incremento del 20% sobre la pensión desde diciembre de 2024, al haber superado el trabajador los 55 años tras el hecho causante. Ese plus queda en suspenso mientras perciba ingresos por trabajo o prestaciones por desempleo.

Contra esta resolución del TSJ de Baleares, notificada el 11 de septiembre, cabe todavía recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, que deberá prepararse en un plazo de diez días hábiles. La sentencia confirma que, pese a la gravedad de las secuelas, la incapacidad permanente reconocida en Ibiza queda fijada en el grado de total, no de absoluta.

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