ALQUILER TURÍSTICO

El Consell de Ibiza matiza la sentencia sobre alquiler turístico: “No abre la puerta a nuevos recursos”

La institución insular remarca que la normativa ha cambiado desde 2021 y que la sentencia no crea jurisprudencia. "Es un caso muy concreto", expusieron ante la consulta de La Voz de Ibiza.

Inspección por intrusismo en Ibiza.
Inspección por intrusismo en Ibiza.

El Consell Insular de Ibiza ha respondido a la reciente sentencia que anula una sanción por el alquiler de una habitación con fines turísticos, aclarando que se trata de un caso muy específico y anterior a los cambios normativos actuales.

La institución subraya que el fallo judicial no sienta jurisprudencia ni puede utilizarse como base para revertir otras sanciones, según han explicado a La Voz de Ibiza.

La sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Palma —que anuló una multa del Consell por el alquiler de una habitación en una vivienda habitual— ha sido calificada por la institución insular como “un caso muy concreto”, que no refleja la mayoría de procedimientos abiertos por la Oficina de Lucha contra el Intrusismo.

“El responsable de haber puesto esa habitación en el mercado turístico continuaba viviendo en ese piso mientras se cometía el alquiler turístico”, señala el Consell.

Según su criterio, este tipo de situación no es representativa del grueso de expedientes sancionadores, que suelen referirse a alquileres de viviendas completas en situación irregular.

El nuevo marco legal cierra la puerta

Desde la institución insular también se pone el acento en que la normativa ha cambiado sustancialmente desde el caso juzgado, correspondiente a una sanción anterior a 2021.

En este sentido, recuerdan que la reciente entrada en vigor del Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, que obliga a que toda actividad de alquiler turístico cuente con número de registro, marca un nuevo escenario normativo en toda España.

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En el caso específico de Ibiza, esta exigencia legal se refuerza, además, con acuerdos firmados entre el Consell y las plataformas digitales para evitar la comercialización de alojamientos que no dispongan de un número de registro emitido por la institución o por el Estado.

Por tanto, la opción de alquilar habitaciones en portales como Airbnb sin registro ya no sería viable.

Por otra parte, el Consell recuerda también que la última modificación de la Ley Turística, impulsada por el Govern de Marga Prohens, «elimina toda posibilidad de realizar alquiler turístico en pisos turísticos y, por tanto, cierra la puerta a poder alegar cualquier tipo de indefinición de qué es y qué no un piso turístico y qué está permitido y qué no». 

«No crea jurisprudencia»

En conclusión, la institución insular insiste en que “esta sentencia no crea jurisprudencia”, y que no puede utilizarse como argumento para impugnar otras sanciones impuestas en los últimos años.

Desde el Consell subrayan que se trata de “un caso muy concreto que no es ejemplo del gran grueso de expedientes sancionadores por infracciones de ordenación turística que se tramitan en esta institución”.

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