El Gobierno central ha abierto la puerta a restringir el conocido como ‘Airbnb náutico’ en Baleares mediante un nuevo real decreto en tramitación que permitirá limitar el alquiler temporal de embarcaciones privadas en zonas saturadas, a petición de las comunidades autónomas.
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El proyecto normativo, actualmente en fase de consulta pública hasta el próximo 10 de abril, contempla que la Dirección General de la Marina Mercante pueda restringir el número de autorizaciones para el cambio de uso de embarcaciones privadas a comerciales, cuando exista saturación del tráfico marítimo o riesgos medioambientales.
El texto puesto a exposición pública desde hace unos 20 días establece que serán las propias comunidades autónomas las que puedan solicitar estas limitaciones en función de su realidad territorial, lo que abre la vía a que Baleares impulse restricciones ante la presión sobre su litoral.
En concreto, el borrador prevé que cuando el volumen de tráfico marítimo genere situaciones de saturación, se puedan limitar las autorizaciones en base a criterios de seguridad, protección del medio marino y ordenación del tráfico marítimo.
Esta medida responde a la necesidad de gestionar zonas con alta concentración de embarcaciones, especialmente durante los meses de mayor actividad turística, donde se pueden producir problemas de seguridad o impacto ambiental.
La promesa del PSOE
La diputada socialista por Baleares, Milena Herrera, ha confirmado a La Voz de Ibiza que este paso corresponde al proceso anunciado meses atrás y que permitirá actuar sobre esta actividad.
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“Es el trámite de consulta pública que tiene abierto el Ministerio de Transportes, tal y como anunciamos desde el PSIB y como corroboró el secretario general de Transporte Aéreo y Marítimo en comisión”, ha señalado.
En aquel momento, el secretario general del Transporte Aéreo y Marítimo, Benito Núñez, había avanzado que Baleares iba a poder limitar el alquiler comercial de las embarcaciones particulares, aunque desde la entrada en vigor del Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima «únicamente dos lo han solicitado y ninguna de ellas ha sido autorizada» desde la entrada en vigor de la normativa estatal el pasado 15 de agosto.
Núñez explicaba que “se han recibido en total 17 solicitudes para toda España. De ellas dos para Baleares. Y de esas 17 solicitudes, se han concedido dos autorizaciones de despacho, ninguna de ellas en Balears. El volumen dista mucho, como le decía, de suponer una avalancha de embarcaciones en este uso temporal del régimen de alquiler que alguno vaticinaba”.
Defensa de limitar la presión sobre el litoral
En este sentido, la diputada socialista ha explicado a este medio que “se trata de dar a las comunidades autónomas la posibilidad de que, por razones de saturación, como es el caso de Baleares, puedan pedir al Ministerio que se limiten las autorizaciones de cambio de lista”, evitando que embarcaciones privadas pasen a uso comercial bajo el régimen temporal de tres meses.
Herrera ha insistido en que, aunque los datos actuales no reflejan un impacto elevado, el objetivo es prevenir un incremento de la presión sobre el entorno marítimo.
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“Como ya dijimos, los datos del primer año han demostrado que la situación no era en ningún caso alarmante porque han sido casi simbólicos los permisos que se han otorgado. Pero nosotros defendemos que, efectivamente, zonas litoral como la de Baleares no necesitan más saturación y, por tanto, hicimos gestiones con el Ministerio para que entendiera la sensibilidad de nuestra CCAA”.
La diputada también ha respondido a las críticas políticas sobre la falta de avances en esta regulación. “El PP en todo momento ha puesto en duda la voluntad del Ministerio de realizar esta limitación. El trámite está en marcha y finaliza el 10 de abril. Después, en el plazo que el Ministerio considere adecuado para tener en cuenta e incorporar o no las sugerencias que haya podido recibir, se aprobará el real decreto y quedará definitivamente regulado”.
Otras modificaciones
El proyecto de real decreto también concreta cómo se regula esta actividad, estableciendo que “durante el período de uso comercial, el buque o embarcación de recreo estará gestionado por una empresa dedicada al arrendamiento náutico”, que asumirá la gestión mediante un contrato específico.
Además, fija que “la autorización se concederá por un período máximo de tres meses consecutivos en cada año natural”, dentro del régimen que permite el cambio temporal de uso de embarcaciones privadas a comerciales.
El texto subraya que “en ningún caso se podrá utilizar el buque o embarcación para una actividad distinta del arrendamiento náutico” y que el propietario no podrá prestar servicio a bordo durante ese periodo, salvo en el caso de tripulación profesional.
Un cambio tras el decreto de diciembre
Este nuevo paso normativo llega después de que el real decreto aprobado el 26 de diciembre no incluyera finalmente una excepción específica para Baleares, pese a los compromisos políticos anunciados.
Esa norma permitió el cambio temporal de embarcaciones privadas (lista séptima) a uso comercial (lista sexta) durante un máximo de tres meses al año, lo que generó rechazo en el sector y en el Govern balear ante el riesgo de incremento de la actividad.
Sin embargo, el Ejecutivo ya había avanzado que trabajaba en una regulación específica para territorios con saturación, una vía que ahora se concreta con este proyecto en exposición pública.
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