Mientras el Consell Consultiu analiza el informe del secretario del Consell Insular de Formentera, Àngel Custodio Navarro, para que despeje las dudas sobre las atribuciones del presidente, del Pleno y de la Junta de Gobierno y determine la viabilidad de la administración presidida por Llorenç Córdoba, Sa Unió y PSOE han coincidido en el fin de obligar al presidente a someterse a una cuestión de confianza a través de vías distintas: la coalición formada por PP y Compromís quiere conseguir la modificación del reglamento el Consell Insular y el PSOE, de la Ley de Consells.
GxF había apostado por las elecciones anticipadas, ya que entiende que en ambos casos se está retorciendo el espíritu de las normas, ya que presentarse a una cuestión de confianza es un acto potestativo del presidente y, por lo tanto, nadie puede obligarle a hacerlo. En ambos casos se abstuvo.
Ni una opción ni la otra cuentan con garantías de salir adelante. Mucho menos en el plazo que el secretario estima como necesario, «un cuatrimestre máximo».
Moción simbólica
La propuesta aprobada para que sea modificada la Ley de Consells no es una iniciativa legislativa a tramitar en el Parlament, como el caso de la regulación a la entrada de vehículos en Ibiza cuyo texto ha sido aprobado por el Pleno del Consell.
Se trata de una especie de “pre-iniciativa» porque no hay redactado un texto, advierte el secretario. «No se envía al Parlament una iniciativa legislativa que se tenga que ir a defender allí, sino que se envía un acuerdo político aprobado por el Pleno que será tramitado si algún grupo político o el Govern lo ve oportuno”, explica Navarro a La Voz de Ibiza.
Reglamento
La modificación del Reglamento Orgánico del Consell de Formentera (ROC) sí tiene garantizada su tramitación. No así su aprobación. Y ni mucho menos a corto plazo.
No en vano, la modificación del ROC tiene un largo camino por delante. Fácilmente, un año, plazo incompatible con el plazo fijado por el secretario.
Y es que “tiene que someterse a información pública, petición de informe desde el punto de vista del fondo jurídico, lingüístico y de género, que eso ni quita ni pone respecto a de la normativa, y que no supondrá ningún problema y que retrasa cualquier modificación. A continuación tiene que tramitarse y acaba en el Consell Consultiu, que tiene la última palabra jurídica”.
Superados esos pasos, la modificación del reglamento ha de ser aprobada definitivamente por el Pleno y ser publicada para entrar en vigor.