El Ayuntamiento de Sant Josep acumula 24 precintos de equipos musicales en bares y restaurantes en lo que va de temporada de verano producto de diferentes denuncias y quejas ante el incumplimiento de la Ordenanza Reguladora del Ruido y las Vibraciones.
Así lo han confirmado desde el Consistorio a La Voz de Ibiza. Las inspecciones tuvieron como “objeto el control y la adecuación a la norma”. En algunos casos, se detectaron limitadores manipulados o emisores de sonido que no pasaban justamente por el limitador.
Desde el Ayuntamiento de Sant Josep han manifestado que no hay una decisión política contra la música detrás de la campaña sino que simplemente “se inspeccionan todos los locales que reciben denuncias y quejas”.
Cambio de gobierno
“El problema es que antes no se tramitaban las denuncias”, apuntaron fuentes consultadas por La Voz de Ibiza.
Según ha podido saber este medio, el último local que ha sufrido el cambio de política del Ayuntamiento de Sant Josep de los controles ha sido Cala Bassa Beach Club, que tuvo precintado sus equipos durante aproximadamente una semana.
Además, también sufrieron clausuras parciales los locales Nassau y los puntos de venta de los hoteles Hard Rock y The Unexpected en Playa den Bossa, Beso Beach en ses Salines y Cotton en Cala Tarida.
Reunión con Ocio de Ibiza
Campaña o no, decisión política o no, la realidad es que el rigor con el que el Ayuntamiento de Sant Josep de Vicent Roig está tratando la ambientación musical ha generado un profundo malestar entre los empresarios del municipio. Tanto los que se han visto afectados por el cierre y, por lo tanto, con el consiguiente bocado a la facturación del año como los que ven este ataque como una parte más de una estrategia contra el ocio musical.
Sea como fuere, establecimientos asociados a Ocio de Ibiza y el alcalde de Sant Josep mantuvieron un encuentro en dependencias municipales semanas atrás para tratar este asunto. Durante el mismo, Roig insistió en que no había campaña alguna en marcha y que el cumplimiento de las ordenanzas no es negociable. y tomó nota de las reivindicaciones de la clase empresarial.
Qué establece la ordenanza municipal
La Ordenanza Reguladora del Ruido y las Vibraciones del Ayuntamiento de Sant Josep establece un marco estricto para prevenir y controlar la contaminación acústica en el municipio, con especial atención a las actividades musicales y los emisores sonoros.
En este municipio, por su particular configuración, se producen en muchos casos una confluencia de usos diversos en una misma zona del territorio. Esta situación es especialmente problemática cuando confluyen usos residenciales con otros que pueden generar molestias por generación de contaminación acústica.
El Ayuntamiento, consciente de esta realidad, considera necesario el cumplimiento de las normas que regulan la contaminación acústica y la aprobación de una ordenanza que, por una parte, facilite la comprensión de la compleja normativa en materia de ruidos y, por otra, establezca las medidas preventivas, correctoras e inspectoras aplicadas al municipio en cumplimiento de la normativa autonómica y estatal.
Según se establece, la normativa tiene por objeto, “regular las medidas y los instrumentos necesarios para prevenir y corregir la contaminación acústica en el término municipal, a fin de evitar y reducir los daños que pueda ocasionar a las personas, los bienes o el medio ambiente”.
Según el artículo 22, todas las actividades turísticas reguladas en la Ley 8/2012 del turismo de las Islas Baleares que dispongan de música están obligadas a presentar un estudio acústico y a instalar un limitador registrador acústico.
No se debe superar los 65 decibelios con ponderación A (dBA), que es una unidad de medida que ajusta la medición de los niveles de sonido para reflejar la forma en que el oído humano percibe diferentes frecuencias.
Este aparato debe estar homologado, calibrado por personal autorizado y programado según los niveles permitidos. Además, debe almacenar los datos sonoros y registrar cualquier manipulación, garantizando así que el volumen máximo de emisión no sobrepase los límites legales tanto en el interior como en el exterior del establecimiento.
La normativa introduce una diferenciación clave en el artículo 22 bis, donde define la ambientación musical en vivo como aquella que proviene de actuaciones en directo de pequeño formato, usadas como acompañamiento o sonido de fondo, y producida principalmente por voz humana y/o instrumentos musicales. Se permite la amplificación o reproducción con aparatos electrónicos, siempre que no sean el elemento principal.
La ordenanza autoriza esta ambientación en vivo solo bajo ciertas condiciones:
- Notificación previa al Ayuntamiento con al menos 48 horas de antelación.
- Horarios limitados: únicamente entre las 13 y las 23 horas.
- Máximo de dos días por semana y dos horas por jornada.
- Prohibición de habilitar pistas de baile o espacios similares.
El artículo 24 establece que el estudio acústico es obligatorio para las actividades de entretenimiento turístico y para cualquier otra actividad a la que se le requiera instalar un limitador registrador acústico.
Este estudio debe estar firmado por un técnico competente, e incluir descripciones de los emisores, resultados de las mediciones de emisión e inmisión acústica, medidas correctoras si fueran necesarias y el valor de tarado del limitador.
La ordenanza prevé, además, sanciones por incumplimiento de los requisitos musicales. El artículo 33 califica como infracción grave la vulneración de las normas de ambientación musical en vivo. Entre las sanciones previstas, se contemplan multas, clausuras temporales y, en los casos más graves, el precinto inmediato del sistema de sonido o el cese forzoso de la actividad musical.
Las multas van desde los 600 euros para las consideradas leves hasta los 300.000 para aquellas infracciones calificadas como muy graves.
La música bajo el ojo de la tormenta
Esta situación se suma a la guerra desatada por el Govern balear contra la música en el Parque Natural de ses Salines.
Una de las víctimas más visible fue el tradicional chiringuito Sa Trinxa, que a mediados de junio debió anunciar la suspensión indefinida de sus míticas sesiones de DJ tras más de cuarenta años de haberse convertido en la banda sonora de la playa de ses Salines.
Esto se debió ante la decisión del Govern de comenzar a aplicar un estricto cumplimiento de la normativa ambiental vigente en el Parque Natural de ses Salines desde hace dos décadas.
El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), aprobado en 2005, establece restricciones severas a cualquier actividad que pueda alterar la tranquilidad o el equilibrio del entorno natural.
Entre esas limitaciones, destaca la prohibición expresa de celebrar “fiestas, conciertos y espectáculos de cualquier tipo” en playas y espacios naturales, así como el veto a “discotecas y salas de fiesta” y la obligación de no sobrepasar los 55 decibelios de ruido en el exterior de los establecimientos.
Aunque la norma lleva años en vigor, hasta ahora se habría interpretado de forma flexible, tolerando en la práctica la música de ambiente siempre que no se tratase de fiestas multitudinarias ni generase molestias a la fauna o a los visitantes.
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