JUSTICIA

Una empleada del aeropuerto de Ibiza logra ser fija tras encadenar 516 días de trabajo sin descanso

La Sala revoca la sentencia de instancia y aprecia fraude de ley en el contrato de una agente del aeropuerto de Ibiza que llevaba desde 2010.
Aeropuerto de Ibiza

El Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (TSJIB) ha declarado fija ordinaria a una trabajadora de la empresa de asistencia en tierra Groundforce en el aeropuerto de Ibiza, tras concluir que la compañía encadenó sus contratos de temporada sin respetar la naturaleza estacional del fijo discontinuo. La sentencia, dictada el 9 de julio y publicada esta semana por el Poder Judicial de España, revoca el fallo del Juzgado de lo Social de Ibiza y aprecia fraude de ley en una relación laboral que se remonta a 2010.

Quince años como fija discontinua

La trabajadora presta servicios en el aeropuerto desde el 1 de mayo de 2010, con la categoría de Agente Administrativo 2 y contrato fijo discontinuo. Empezó vinculada a Acciona Airport Services y, tras una subrogación el 31 de diciembre de 2015, pasó a Groundforce Ibiza 2015 UTE. En marzo de 2024 la relación se trasladó a Groundforce IBZ 2023 UTE, la empresa que gestiona actualmente el handling en la terminal.

Casi tres años sin apenas descanso

Desde 2016, sus periodos de actividad se sucedieron temporada tras temporada, como es habitual en este tipo de contrato. Pero entre el 11 de abril de 2022 y el 31 de octubre de 2023 trabajó de forma ininterrumpida durante 516 días. Volvió a activarse el 1 de abril de 2024 y encadenó su actividad sin cortes hasta el 5 de enero de 2025, para reincorporarse de nuevo el 31 de marzo de ese año.

La empresa alegó que no era suficiente

El Juzgado de lo Social nº 1 de Ibiza desestimó en enero de 2026 la demanda de la trabajadora, que pedía el reconocimiento de su condición de fija ordinaria. La sentencia de instancia entendió que trabajar 516 días seguidos, dentro de una relación laboral de más de una década, no bastaba por sí solo para transformar el contrato. La afectada recurrió alegando infracción del artículo 16.1 del Estatuto de los Trabajadores.

La discontinuidad como seña de identidad

El TSJ recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo fija la discontinuidad como el rasgo esencial de este tipo de contrato: si en la práctica lo que existe es continuidad reiterada, la relación no puede seguir considerándose fija discontinua. La propia Sala balear ya había aplicado este criterio en resoluciones de 2025, aunque reconoce que sus matizaciones sobre plazos y temporadas habían generado cierta confusión en la interpretación.

Fraude de ley en el aeropuerto

Para el tribunal, el patrón de esta trabajadora no responde a las necesidades estacionales que justifican el fijo discontinuo en el sector turístico. Los 516 días seguidos, más el nuevo tramo casi continuo hasta enero de 2025, evidencian una necesidad estructural de personal que la empresa cubrió con la figura equivocada. La Sala concluye que hubo fraude de ley en la contratación.

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