TRANSPORTE

Taxistas de Ibiza chocan con FITIB y FITIE por límite de antigüedad para sustituir coches

La asociación mayoritaria de Vila denuncia que el nuevo reglamento balear endurece la renovación de la flota. La federación balear y la insular cuestionan que este planteamiento llegue meses después de que concluyera el período de alegaciones. Además, la FITIB sostiene que rebajar ese listón perjudicaría el servicio y no ayudaría a frenar a las VTC.

Taxis en Vila.
Taxis en Vila.

La Asociación de Taxistas Autónomos de Ibiza, mayoritaria en Vila, ha abierto un nuevo frente con la Federación Insular del Taxi de las Islas Baleares (FITIB) y con la Federación Insular del Taxi de Ibiza y Formentera (FITIE) por un punto del nuevo reglamento balear del taxi y las VTC que consideran sensible: la antigüedad máxima de los vehículos que pueden adscribirse a una licencia cuando se produce una sustitución definitiva. El presidente del colectivo, Mariano Torres, asegura que ninguno de los 124 asociados consultados en una encuesta interna respalda ese endurecimiento y critica que ni FITIB ni FITIE hayan apoyado su petición de revisar este apartado.

La controversia gira sobre la edad máxima que puede tener un coche cuando entra en una licencia al sustituir a otro de forma definitiva. La asociación de Vila señala que el nuevo reglamento, aprobado en febrero, implica un cambio drástico en relación con lo que ocurría en Ibiza, donde esa antigüedad en caso de sustitución podía alcanzar los cinco años.

La FITIB, sin embargo, defiende que el criterio debía haberse peleado durante la tramitación del reglamento y que, de cualquier modo, flexibilizarlo con esos parámetros iría en detrimento de la calidad del servicio.

Qué cambia con el nuevo reglamento

El marco normativo ha cambiado porque Baleares ha pasado de un sistema con amplio desarrollo municipal a otro con criterios autonómicos homogéneos. La Ley 4/2014 de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears distribuye competencias entre Govern, consells y ayuntamientos, mientras que el nuevo decreto autonómico ordena específicamente el servicio de taxi y VTC en el conjunto de las islas.

El Decreto 6/2026, aprobado por el Govern el 20 de febrero y publicado al día siguiente, nació precisamente con la voluntad declarada de “unificar criterios” en todo el archipiélago y de reforzar la seguridad jurídica del sector.

El reglamento municipal de Ibiza aprobado en 2024 señala que los vehículos de segunda mano adscritos a una licencia no podían exceder los cinco años desde su primera matriculación, con excepciones para adaptados y vehículos con etiqueta 0, que podían llegar a diez. Además, fijaba como regla general una antigüedad máxima de ocho años para los taxis adscritos, ampliable a diez en esos supuestos especiales. Ese era el marco con el que trabajaba hasta ahora Vila.

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El nuevo decreto balear borra ese margen previo y equipara la sustitución definitiva del vehículo a las exigencias de entrada de una licencia nueva. El texto dispone que la sustitución solo se autorizará si el vehículo sustituto cumple los requisitos exigidos para el otorgamiento de la autorización y no supera la antigüedad fijada para la licencia. En la práctica, ese listón queda en dos años con carácter general, salvo supuestos específicos previstos en la norma.

La misma norma ya regía en Mallorca, por lo que no implica grandes cambios para la isla vecina.

La objeción de los taxistas de Vila

Torres sostiene que el nuevo tope complica la renovación de la flota en un contexto económico y técnico muy distinto al de hace unos meses. “Esto juega muy en contra nuestra, porque hoy día no es siempre que puedas poner un coche inferior a dos años por cuestiones económicas o por cuestiones técnicas o por cuestión de oferta de vehículos”, afirma el presidente de la asociación. A su juicio, la norma cierra puertas a autónomos que no siempre pueden acceder a un vehículo prácticamente nuevo.

Según el dirigente del taxi de Vila, la nueva regulación resulta incoherente con la propia vida útil máxima que sigue permitiendo el sistema. La Dirección General de Movilidad recuerda que los vehículos no podrán continuar dedicados a la actividad de taxi a partir de una antigüedad de 10 años y, en el caso de adaptados, de 12 años, en aplicación del artículo 19.5 del Decreto 6/2026.

Un diésel que contamina una barbaridad puede tener de cero hasta diez, y, en cambio, un vehículo… híbrido, GLP, lo que sea, que tenga más de dos años… no lo puedo poner ya”, lamenta.

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Torres admite, además, que este punto no se detectó ni se peleó a tiempo durante la tramitación, pero rechaza que el debate quede cerrado por esa razón. “Ya no es cuestión de plazos, es cuestión de que no lo apoyan”, sostiene. Y añade que el contexto ha cambiado lo suficiente como para reabrir la discusión. “Las circunstancias de un mes para otro también cambian”, afirma, antes de insistir en que “la situación económica ha cambiado”.

Choque con la FITIB y la FITIE

Desde FITIB, Gabriel Moragues cuestiona que el interés de los taxistas de Vila sobre este punto llegue recién ahora, unos diez meses después de que se presentara el primer borrador del reglamento y tras dos instancias de exposición pública.

“La FITIB preguntó en su momento a las asociaciones por las alegaciones que quisieran hacer en el reglamento. En Mallorca este tema de la antigüedad de dos años es de toda la vida, para nosotros era una cuestión natural”, ha remarcado Moragues.

Según Moragues, este era un punto que podía haberse negociado durante la tramitación del reglamento y acota la discusión a las licencias fijas, ya que los planes estacionales tienen “un régimen jurídico distinto”.

No entiendo este reclamo dada la fecha en la que nos encontramos”, expresa en la misma línea Toni Roig, presidente de la FITIE, federación insular integrada bajo el paraguas de la FITIB.

Torres replica que el argumento del plazo funciona como coartada, pero no explica la falta de respaldo de las federaciones. Replica además que siguen existiendo vías para intentar modificarlo, tal como las enmiendas que distintos grupos presentaron recientemente y modifican la ley de transporte.

Moragues ha explicado que esas enmiendas que se han podido mover hasta hace apenas un par de semanas no iban dirigidas a reabrir el régimen de sustitución de vehículos. “Hay en tramitación un proyecto de ley para temas normativos de VTC y taxis, sobre todo relativo a restricciones de VTC, pero nada tiene que ver con estos temas”.

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En este marco, el Torres explica que ha tratado de mover el asunto por otras vías y que, tras sus contactos, desde el Consell de Ibiza le trasladaron que estudiarían fórmulas para intentar introducir cambios o enmiendas sobre este punto.

Ni el Consell de Ibiza ni la Consellería de Vivienda, Territorio y Movilidad del Govern balear han respondido aún a las consultas de este medio sobre una eventual modificación o enmienda de este punto del reglamento.

Para la FITIB, es una medida inconveniente

Más allá de los plazos, la FITIB defiende una tesis muy distinta a la que sostienen desde Vila: rebajar ese listón no conviene al sector. Para la federación balear, permitir que la sustitución definitiva se haga con vehículos más antiguos iría en detrimento del servicio del taxi.

Además, la FITIB considera tampoco ayudaría a frenar a las VTC, porque, dado que el reglamento busca establecer criterios similares para taxi y VTC, abriría la puerta a que también estas pudieran operar con coches de mayor antigüedad.

Qué pasaba en el resto de la isla

El reglamento de Vila en la materia es el más nuevo y el más específico en cuanto a este punto: fue aprobado en 2024 fijó expresamente un límite de cinco años para los vehículos de segunda mano que se adscribieran a una licencia y que el coche sustituto debía ser más nuevo que el anterior.

Con respecto a otros municipios, sus reglamentos son menos concluyentes. En el caso de Santa Eulária, se exigía que el nuevo coche no tuviese una antigüedad mayor al que reemplazaba. El resto de los Ayuntamientos no establecían una antigüedad específica:  quedaba hasta ahora a criterio de cada administración local la autorización del nuevo vehículo de sustitución.

Ibiza era el más restrictivo, que eran cinco años, pero en otros casos bastaba que el vehículo que metías fuera más moderno que el antiguo”, resume Torres.

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