El Govern balear recurrirá ante el Tribunal Supremo el nuevo reparto estatal de menores migrantes no acompañados (‘menas‘), después de que el Gobierno haya elevado de 406 a 434 menores la capacidad ordinaria asignada al sistema de protección de Baleares.
El Consell de Govern ha autorizado a la Abogacía de la Comunidad Autónoma a impugnar el Real Decreto 556/2026, de 30 de junio, al considerar que los criterios utilizados por el Estado no están suficientemente justificados y pueden perjudicar a unas autonomías frente a otras.
La decisión supone un nuevo capítulo en la batalla judicial que mantiene el Ejecutivo autonómico contra el sistema estatal de distribución de menores migrantes. El Govern ya había recurrido anteriores normas ante el Supremo y otros tribunales, dentro de una estrategia jurídica que ha mantenido durante los últimos meses frente al mecanismo de reparto.
El nuevo Real Decreto 556/2026 establece para Baleares una capacidad ordinaria de 434 menores, 28 más que los 406 establecidos anteriormente por el Real Decreto 743/2025. Precisamente aquella cifra ya había sido cuestionada judicialmente por el Ejecutivo autonómico y dio lugar a otro recurso ante el Tribunal Supremo.
Según sostiene el Govern, el método empleado por el Estado para calcular las plazas ofrece un resultado «opaco y arbitrario». El Ejecutivo considera que su aplicación podría favorecer a determinadas comunidades autónomas frente a otras y llegar a vulnerar el principio constitucional de solidaridad interterritorial.
La norma estatal utiliza ocho criterios distintos, a los que asigna diferentes porcentajes e índices, pero el Govern sostiene que no se explican suficientemente las razones para elegir esos parámetros ni se justifica de manera adecuada el resultado final que corresponde a cada autonomía.
La controversia sobre el cálculo no es nueva. El anterior sistema ya había situado en 406 plazas la capacidad ordinaria de Baleares, una cifra cuestionada por el Govern mientras los sistemas insulares atendían a un número superior de menores. El Ejecutivo ya puso entonces en duda la fórmula utilizada por el Estado.
El Govern plantea además una cuestión competencial sobre la capacidad del Estado para fijar mediante real decreto las dimensiones ordinarias de los sistemas autonómicos de protección y tutela de menores. Baleares sostiene en sus anteriores recursos que la protección de menores constituye una competencia exclusiva de la comunidad autónoma.
A ese argumento añade lo ocurrido en el Pleno de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia del 5 de mayo de 2025, donde, según mantiene el Ejecutivo balear, no se sometieron a votación los requisitos para declarar una situación de contingencia migratoria extraordinaria.
Nuevo eje de conflicto
El nuevo procedimiento se suma así a los recursos ya interpuestos contra el Real Decreto 658/2025 y el Real Decreto 743/2025, este último responsable de establecer las anteriores 406 plazas. El Govern ha venido defendiendo que continuará utilizando la vía judicial contra un sistema de reparto que considera contrario a los intereses de Baleares.
La ofensiva jurídica llegó anteriormente hasta el Supremo, que en octubre de 2025 rechazó suspender de manera cautelarísima el decreto que establecía las 406 plazas, al considerar que no concurría la especial urgencia requerida para adoptar esa medida. Aquella resolución no entró en el fondo del conflicto y el procedimiento continuó por la vía cautelar ordinaria.
La decisión de impugnar ahora el Real Decreto 556/2026 cuenta con el respaldo jurídico de la Abogacía autonómica. Su directora emitió el pasado 15 de julio un informe favorable a recurrir la nueva regulación, según la información facilitada por el Ejecutivo.
Con el acuerdo adoptado por el Consell de Govern, la Abogacía de la Comunidad Autónoma queda autorizada para presentar formalmente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, prolongando así el pulso judicial entre Baleares y el Estado por la distribución y capacidad de acogida de menores migrantes no acompañados.










