URBANISMO

La caducidad de las NPP de Sant Josep ya es oficial: vuelven a regir las Normas Subsidiarias de 1986

Ha sido publicado esta mañana en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. El Consell de Ibiza declara sin efecto, desde el 15 de septiembre, la tramitación de las NPP y levanta la suspensión de las Normas Subsidiarias de 1986, que quedan «plenamente vigentes». El acuerdo atribuye la caducidad a que venció el plazo de seis meses sin el informe ambiental previo.
Al menos una docena de construcciones se encuentran en marcha en Vista Alegre.

El Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) publica este jueves el acuerdo por el que la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico-Artístico (CIOTUPHA) del Consell de Ibiza declara oficialmente que ha quedado sin efecto, por caducidad, la tramitación de las Normas Provisionales de Planeamiento (NPP) de Sant Josep.

Tal como avanzó La Voz de Ibiza, el municipio vuelve así a regirse por las Normas Subsidiarias (NNSS) de 1986. El acuerdo, adoptado el 5 de octubre, fija el 15 de septiembre de 2026 como fecha de efectos.

El texto señala que se ha superado el plazo de seis meses, contados desde la aprobación inicial del 15 de diciembre de 2025, que el artículo 62.3 de la Ley de Urbanismo de las Islas Baleares (LUIB) fija para la aprobación definitiva. Añade que «dentro de este plazo no se ha podido obtener el pronunciamiento ambiental previo necesario».

La consecuencia, según el acuerdo, es que «no resulta jurídicamente posible adoptar la aprobación definitiva de las NPP dentro de este procedimiento». La declaración se fundamenta en el artículo 21.1 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común, y las actuaciones se archivan.

Cuando se aprobaron inicialmente las NPP, este medio informó de que, tras la información pública, se solicitarían los informes sectoriales correspondientes, entre ellos la evaluación ambiental estratégica.

Las Normas Subsidiarias, «plenamente vigentes»

Como consecuencia, el Consell levanta, con efectos desde el 15 de septiembre, la suspensión parcial de las NNSS que acordó en diciembre.

El levantamiento afecta a todo el suelo urbano y apto para urbanizar y a los ámbitos calificados como sistemas generales de equipamientos en suelo rústico en las NPP.

También declara extinguidos, desde esa misma fecha, los efectos suspensivos sobre la tramitación y aprobación de planes de desarrollo e instrumentos de gestión y sobre el otorgamiento o la eficacia de determinados títulos urbanísticos incompatibles.

«Las determinaciones de las Normas Subsidiarias suspendidas resultan plenamente vigentes», concluye el acuerdo, que se notifica al Ayuntamiento y que agota la vía administrativa. Contra él cabe recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde su publicación.

Lo que el acuerdo dice y lo que no

El Ayuntamiento ya había admitido el 28 de septiembre, al presentar su plan «Sant Josep, Orden y Planificación», que se vuelve al planeamiento anterior. «A nivel administrativo, el marco vigente será el de las Normas Subsidiarias del 86», afirmó entonces el alcalde, Vicent Roig.

El acuerdo atribuye la caducidad únicamente al vencimiento del plazo sin pronunciamiento ambiental. No menciona los recursos contra la suspensión de las NNSS que presentó el despacho Soriano i Piqueras, cuyo letrado, Víctor Soriano, sostuvo a este medio que se dejó caducar el instrumento «para no tener que tener una resolución desfavorable de los tribunales».

Tampoco recoge las acusaciones del PSOE, que culpa a la gestión del alcalde. El texto no indica quién debía solicitar o conseguir el pronunciamiento ambiental, ni por qué no llegó en plazo.

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