TRANSPORTE AÉREO

La insumisión de Iberia: no paga ni con sentencias firmes

Iberia cerró 2025 con 1.313 millones de euros de beneficio operativo mientras algunos pasajeros pasan años reclamando indemnizaciones de apenas 250 euros. OCU asegura que la aerolínea rechazó expresamente el 48% de sus intentos de mediación en 2026 y cuestiona el proceder de la compañía: "Su conducta es reprochable".

Un retraso en un vuelo operado por Air Nostrum, una reclamación, un pronunciamiento favorable de AESA, una demanda judicial, una sentencia firme que obliga a indemnizar y, más de tres años después de aquella incidencia, el pago sigue sin llegar. Es el recorrido de un pasajero que voló desde Ibiza a Menorca y al que el Tribunal de Primera Instancia de Mahón dio definitivamente la razón frente a Iberia hace ya tres meses. La compañía fue condenada a abonarle 250 euros, intereses legales y las costas del procedimiento, pero el afectado todavía no ha cobrado.

El caso documentado por La Voz de Ibiza encaja en un escenario mucho más amplio de reclamaciones, negativas y procedimientos que terminan prolongándose hasta los tribunales contribuyendo a su colapso.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) revela a este medio que, solo durante 2026, Iberia ha rechazado expresamente el 48% de los intentos de mediación realizados por la organización de consumidores. «Lamentablemente, entra dentro de lo que podríamos considerar normal», señalan desde OCU al ser preguntados por esta práctica que hace dilatar las reclamaciones y suele acabar en los juzgados.

Reclamador.es dibuja un panorama similar. Su equipo legal asegura a La Voz de Ibiza que con Iberia (aunque no es exclusivo de esta compañía) «hay que llegar a la vía judicial para conseguir que paguen» compensaciones por retrasos, cancelaciones, sobreventa o problemas con el equipaje. Y confirma que existen casos en los que ni siquiera obtener una sentencia firme provoca el pago, obligando al pasajero vencedor a regresar al juzgado para solicitar su ejecución.

El volumen de expedientes coloca además a Iberia en cabeza de las reclamaciones. Durante el primer semestre de 2026 fue la aerolínea contra la que más casos gestionó Reclamador.es, con el 21,6% de todas sus reclamaciones contra compañías aéreas. En el caso de Iberia, las cancelaciones supusieron el 51% de esos expedientes.

Casi una de cada cuatro reclamaciones ante AESA

Los datos oficiales de 2025 ya mostraban una concentración especialmente elevada de reclamaciones en Iberia. La compañía acumuló ante AESA 2.991 expedientes RAL admitidos, el 23,9% del total, pese a representar únicamente el 7,7% de los pasajeros incluidos en esa misma estadística. Su peso entre las reclamaciones fue, por tanto, más de tres veces superior a su peso en viajeros. AESA publica esos datos en su informe anual sobre derechos de los pasajeros.

La diferencia respecto de sus competidores fue notable. Vueling registró 1.634 reclamaciones, Air Europa 1.298, Ryanair 1.204 y Air Nostrum 1.185. Además, el 61,9% de las decisiones dictadas por AESA para el conjunto del sector terminó estableciendo alguna obligación económica para la compañía aérea (aunque ese porcentaje no corresponde específicamente a Iberia).

AESA dio razón a pasajero; Iberia acabó en el juzgado

El caso que ha llegado al Tribunal de Instancia de Maó comenzó el 13 de mayo de 2023, en un viaje Ibiza-Menorca con escala en Palma. Los vuelos IB8517 e IB8488 debían llevar al pasajero hasta Menorca a las 11.45 horas, pero el retraso del primer trayecto provocó la pérdida de la conexión y su posterior reubicación en otro vuelo operado por Air Nostrum.

Tras analizar el expediente, AESA consideró que no habían quedado acreditadas las circunstancias extraordinarias que permitirían evitar la compensación y concluyó que correspondía pagar 250 euros. Como el vuelo se produjo antes del cambio normativo de junio de 2023, aquel pronunciamiento no era vinculante, de modo que el afectado tuvo que recurrir posteriormente a la Justicia para forzar el reconocimiento de su derecho.

Iberia se opuso a la demanda. Su argumento fue que el pasajero no había indicado ni acreditado en ella la hora exacta a la que llegó finalmente a Menorca y que, por tanto, no podía determinarse si el retraso había superado las tres horas exigidas para generar la compensación.

La magistrada rechazó ese planteamiento. Consideró acreditado el gran retraso basándose, entre otros elementos, en el expediente de AESA y razonó que, de no haberse producido, la compañía podría haberlo puesto de manifiesto ante el organismo. La sentencia estimó la demanda y condenó a Iberia a pagar los 250 euros, los intereses legales desde la interposición de la demanda y todas las costas del procedimiento. La resolución es firme y no admite recurso.

Una «conducta reprochable»

Ganar el juicio tampoco ha significado todavía cobrar, según el demandante. El pasajero afirma haber seguido reclamando a Iberia después de la sentencia sin recibir el importe, pese a que la sentencia fue en junio.

La Voz de Ibiza preguntó expresamente a la compañía qué procedimiento sigue para cumplir resoluciones judiciales, qué plazo maneja y por qué este fallo concreto continuaba pendiente. Iberia no respondió a las consultas antes de la publicación de esta información.

Para OCU, obligar al consumidor a iniciar la ejecución de una sentencia que ya le ha dado la razón constituye una «conducta reprochable». La organización advierte de que esa situación alarga todavía más el procedimiento, eleva los costes, retrasa el resarcimiento del afectado y contribuye además a saturar el sistema judicial.

OCU recuerda además que el artículo 118 de la Constitución establece la obligación de cumplir las sentencias y demás resoluciones judiciales firmes. La organización evita subraya que el condenado no puede simplemente convertir el fallo firme en el final de otra espera: si no paga, el vencedor deberá instar judicialmente la ejecución.

Reclamador.es confirma que esta situación se produce en la práctica: existen más casos en los que una aerolínea no ha pagado tras perder definitivamente un litigio. El pasajero, pese a haber vencido, tiene entonces que iniciar una nueva fase judicial para obtener el cumplimiento efectivo de la condena.

1.313 millones de beneficio frente a indemnización de 250 euros

La resistencia al pago del caso de Maó contrasta con la capacidad económica de Iberia. La aerolínea obtuvo en 2025 1.313 millones de euros de beneficio operativo antes de partidas excepcionales, un 27,8% más que los 1.027 millones alcanzados un año antes. Sus ingresos externos ascendieron a 7.687 millones de euros, según las cuentas oficiales de IAG.

El negocio continuó generando cientos de millones durante 2026. Solo entre enero y junio, Iberia obtuvo 526 millones de euros de beneficio operativo antes de partidas excepcionales. IAG asegura además que su estrategia para la compañía apunta a alcanzar a medio plazo alrededor de 1.400 millones de beneficio operativo anual dentro de su Plan de Vuelo 2030.

Frente a esas magnitudes, el litigio documentado por este periódico se mantiene abierto en torno a una compensación de apenas 250 euros, además de intereses y costas. La cuantía original equivale a una fracción ínfima de los resultados de la compañía, pero al pasajero le ha exigido reclamaciones, intervención de AESA, una demanda, una sentencia y, según sostiene, un nuevo paso para lograr finalmente su cumplimiento.

Iberia rechaza 48% de mediaciones de OCU

Durante este año, Iberia ha rechazado expresamente el 48% de los intentos de mediación iniciados por la organización de consumidores. OCU no puede determinar cuántos de esos conflictos acabaron posteriormente reconocidos por AESA o por los tribunales, pero considera que la resistencia empresarial a resolver reclamaciones de forma extrajudicial forma parte de una dinámica habitual.

Esa falta de acuerdos tiene una consecuencia evidente: conflictos de pequeña cuantía pueden avanzar hacia procedimientos cada vez más largos y costosos. Precisamente por eso Reclamador.es señala que trata primero de negociar con las compañías para evitar litigios, pero asegura que «no siempre acceden» y que un porcentaje elevado termina llegando a los juzgados.

Muchos pasajeros abandonan antes

El sistema tiene además un efecto disuasorio sobre quienes ni siquiera empiezan el recorrido. OCU señala, citando cifras de la Comisión Europea, que apenas uno de cada dos pasajeros que tendría derecho a una compensación llega a solicitarla. El desconocimiento de sus derechos y la sensación de que el dinero reclamado no compensa el tiempo, los trámites y la incertidumbre aparecen entre las razones.

Reclamador.es ofrece una percepción todavía más dura basada en su experiencia: considera «la situación más habitual» que viajeros con derecho a reclamar no lo hagan. La empresa recuerda que años atrás calculaba que no más del 10% de los pasajeros afectados iniciaba una reclamación, aunque aclara que se trata de una estimación antigua y no de una medición actual.

Parte del abandono comienza con la información recibida después de una incidencia. Reclamador.es explica que muchos viajeros creen que la aerolínea ya ha cumplido simplemente por ofrecerles otro vuelo y asegura haber encontrado también casos en los que las compañías alegaron circunstancias como el mal tiempo para rechazar una compensación pese a que sus propias comprobaciones apuntaban en otra dirección.

AESA reconoce igualmente problemas de información y advierte de que el elevado volumen de reclamaciones está demorando incluso sus propios plazos de resolución. Para vuelos posteriores al 2 de junio de 2023, sus decisiones mediante el procedimiento RAL son vinculantes y la compañía dispone de un mes para cumplirlas; si no lo hace, el afectado puede solicitar directamente su ejecución judicial.

El fenómeno tiene especial impacto en una isla donde el avión forma parte de la movilidad cotidiana. Ibiza ya figuró entre los aeropuertos españoles con mayor porcentaje de incidencias durante 2024, cuando el 31 % de los pasajeros sufrió retrasos o cancelaciones, según datos de AirHelp.

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