La licencia exprés que Sa Unió concedió de urgencia y de espaldas a Llorenç Córdoba al restaurante Caminito aprovechando una junta de gobierno a la que no podía acudir el presidente, nunca debió concederse en los términos en los que fue acordada. El expresidente del PP de Formentera, Juan Manuel Costa Escanellas Paya, es socio minoritario de la sociedad promotora junto a la familia de Ricardo Urgell, fundador de Pacha. También participa en el proyecto el hijo del propietario del antiguo Caminito, el chef Stefano Trigo.
Según ha podido acreditar La Voz de Ibiza y ha confirmado a través de varios expertos en urbanismo, la licencia incumple la Ley de Urbanismo de Baleares (LUIB) en tanto que el proyecto básico autorizado no cumple con la normativa en lo que hace referencia a la altura de la segunda planta del inmueble. Y su concesión sería un trato de favor en toda regla.
Dicha licencia, concedida el 21 de diciembre de 2023 gracias a su incorporación al orden del día gracias a una urgencia difícilmente justificable cuando todavía no han empezado las obras, forma parte de la documentación que el presidente Llorenç Córdoba ha remitido a la Fiscalía Anticorrupción, según desveló el mismo en la rueda de prensa de la semana pasada.
Los últimos trámites del expediente fueron ejecutados con una asombrosa celeridad. En las 48 horas previas los trabajadores del Consell tramitaron tres documentos clave: informe con la comprobación del área de actividades, informe jurídico y propuesta de acuerdo.
La irregularidad
En el proyecto de convertir el antiguo restaurante en un local con espectáculo, a imagen y semejanza del Lío de Ibiza, se incluía un incremento de la altura del inmueble en el sector de dos plantas, donde pasaría de 7,99 metros de alto a 9,16.
En el informe técnico, fechado el 2 de noviembre del 2023, se alude a “la prohibición de aumento de volumen, altura y superficie de las construcciones existentes”, contenida en la Ley 22/1988 (Ley de Costas).
Sin embargo, el informe técnico insta a “informar FAVORABLEMENTE la concesión de licencia urbanística”, pero “siempre y cuando, junto con el proyecto de ejecución se incorpore la enmienda” de dos puntos:
- Se tendrá que limitar la altura total de la parte de dos plantas a la altura actualmente existente de 7,99 metros.
- Deberá limitarse la altura de los tramos de muro de piedra de la fachada a la terraza hasta los 4,66 metros, la altura total de la parte con una planta
Así, la licencia exprés concedida a Nimbus Formentera, SL, de la que es administrador solidario el ex alcalde de Formentera y presidente de la Asociación Hotelera de Formentera, autorizó un proyecto a pesar de que incumple la normativa según recogen los propios informes para que sea modificado en la fase de ejecución de las obras.
Contrasentido ilegal
Además de ser un contrasentido aprobar un proyecto básico que incumple la normativa, es contrario a la Ley de Urbanismo de Baleares, concretamente el artículo 152.
Por este motivo estaríamos ante un caso excepcional, ya que es un principio elemental que el proyecto de ejecución nunca puede modificar el proyecto básico, que es el que se presenta para obtener una licencia y en el que se fijan parámetros básicos como la altura, el volumen y la ocupación de la parcela, es decir, las dimensiones que deben ajustarse a la normativa urbanística vigente.
Con el visto bueno al proyecto básico, «suficiente para solicitar la licencia urbanística», según la ley, los técnicos al frente del proyecto diseñan el proyecto de ejecución, un documento mucho más exhaustivo que no puede, lógicamente, modificar el anterior y al que se le añaden todos los cálculos estructurales y el proyecto de instalaciones y otros detalles innecesarios a los objetos de obtener una licencia.
No tendría sentido gastar dinero y esfuerzos en un proyecto ejecutivo cuando no se tiene certeza de que cuenta con la licencia y de que efectivamente va a ser ejecutado.
El proyecto básico no puede modificarse
«El proyecto de ejecución tiene que desarrollar el proyecto básico y definir la obra en su totalidad con la completa determinación de detalles y especificaciones de todos los materiales, elementos, sistemas constructivos y equipamientos, de acuerdo con las determinaciones del Código Técnico de la Edificación, y no se pueden rebajar las prestaciones declaradas en el básico, ni alterarse los usos y las condiciones bajo los cuales se otorgó la licencia urbanística y, en su caso, las concesiones u otras autorizaciones administrativas».
A pesar de la evidencia de la norma y de que más clara no puede ser la normativa, de que es lógicamente la práctica habitual y de que todos los arquitectos y abogados urbanistas y técnicos que participan en una obra saben que el proyecto de ejecución no puede alterar el básico, esta fue la vía utilizada por Sa Unió para autorizar la legalización del edificio del Caminito y su posterior rehabilitación.
Ganar tiempo
Esta surrealista y sorprendente manera de proceder del Área de Urbanismo del Consell de Formentera, entonces en manos del vicepresidente y presidente de Compromís, Javier Serra, permitió a los promotores ganar tiempo, quienes aspiraban a abrir el local a principios de la pasada temporada.
Ante un proyecto básico que incumple la normativa, el Consell tenía dos caminos: o instar a los promotores a presentar un proyecto básico nuevo ajustado al planeamiento para que fuera informado nuevamente o bien denegar la licencia y empezar un nuevo expediente. En ambos casos, mucho más tiempo que en la tercera vía sacada de la manga por el Consell de Formentera.
A pesar de estas clamorosas evidencias, la incorporación a la ordenación del inmueble y las obras de reforma del mismo cuentan con todos los informes favorables, tanto internos del Consell de Formentera, como de diversos organismos del Govern balear y de la Demarcación de Costas de Baleares.