El procedimiento para declarar la caducidad de la concesión de los ocho chiringuitos de Formentera está en marcha, tal como ha acreditado el propio Consell de Formentera. El acta de su Junta de Govern del 15 de septiembre cita la resolución de la Dirección General de Costas y Litoral, fechada el 12 de enero de 2026, «por la que se acuerda la incoación del procedimiento de caducidad» de la concesión CNC02/21/07/0045.
La firmó entonces la ahora exdirectora general, María Joaquina Ferrer Matas. El Consell la recibió el 13 de enero y presentó alegaciones el 2 de febrero.
Este dato que se conoce ahora es justamente lo que reclamaban los antiguos concesionarios, cuya denuncia dio origen a los informes técnicos y jurídicos del Govern balear que iniciaron el proceso de caducidad. Meses atrás habían amenazado con acudir a los tribunales si la Conselleria no actuaba antes de la primera semana de septiembre.
Por su parte, la Conselleria del Mar había respondido a La Voz de Ibiza en agosto pasado que «se trata de un expediente complejo y con un volumen importante de alegaciones, que deben analizarse y responderse de manera individualizada». Añadió que el trabajo «requiere tiempo y rigor» y que se está «avanzando en este análisis».
La defensa frente a la caducidad
Frente a esos informes, el Consell sostiene que la discrepancia sobre cuántos quioscos son desmontables es «una diferente apreciación de los respectivos técnicos» y que «no parece que exista incumplimiento de una condición esencial de la concesión».
Además, añade que, si la deficiencia afectara solo a tres quioscos, la caducidad debería referirse únicamente a ellos.
El Consell desarrolla también un argumento sobre la coherencia de los informes de la Administración. El acta de la Junta de Govern reproduce el escrito de un técnico de Medio Ambiente del Consell, que pide tener en cuenta que «la persona que ha formalizado las actas de replanteo/reconocimiento desde 2011, es la misma persona que ahora afirma en el informe que se han realizado mal los replanteos».
El técnico se refiere a un «Informe sobre el replanteo de los quioscos desmontables de Formentera», fechado el 1 de julio de 2023 y vinculado a la resolución de concesión de ese año. «No se entiende el cambio de criterio después de los años transcurridos», sostiene el técnico.
Extiende ese reproche a «alguno de los antiguos concesionarios de los chiringuitos», de los que dice que «mientras explotaban los lotes estaba todo bien hecho y ahora con sus actos afirman lo contrario».
Este punto el Consell lo usa para reforzar su tesis de que hay una discrepancia entre técnicos y no un incumplimiento esencial, tal como ha advertido el Govern con la incoación del expediente de caducidad.
¿Son desmontables?
Sa Unió además utiliza otro bulo para defender a los actuales concesionarios: dice que las construcciones «son robustas» y que «son desmontables pero eso no quiere decir que sea fácil hacerlo».
La definición legal de instalación desmontable que el propio acta cita, la del artículo 110.2 del Reglamento, habla de «elementos de serie prefabricados, módulos, paneles o similares».
Además, detalla que el chiringuito Amar de Migjorn «obliga a que el montaje se haga in situ de forma secuencial con elementos no prefabricados» por el difícil acceso rodado.
Sin embargo, los técnicos de la Dirección General de Costas concluyeron en su demoledor informe que «como mínimo 3 de ellos no son desmontables (Es Pujols del lote 24, Es Mitjorn lote 43 y Cala Saona lote 3); 2 lo serían con condiciones (Quiosco Arenals lote 35 y Es Copinar lote 27); y solo 3 son aparentemente desmontables (Arenals lote 38, Es Marí lote 50 y Es Pujols lote 19)».
El informe, al que tuvo acceso La Voz de Ibiza, aclara que, «al no haber presentado el proyecto de construcción el Consell de Formentera para la realización del acta de replanteo, no disponemos de documentación para comprobar el tipo de módulo que se oculta tras los revestimientos realizados en alguno de ellos».
Tampoco la Conselleria dispone de «manuales de montaje del fabricante de los quioscos que nos permitirían afirmar con certeza lo que se ha informado y hacer un estudio más detallado de cada uno de los quioscos».
El Govern también cuestiona la actitud del Consell de Formentera. Según detalla, «en el acta de reconocimiento de junio de 2025 se indica al Consell de Formentera que debe acreditar que los quioscos son fácilmente desmontables». Sin embargo, tres meses después, el Consell respondió «sin aportar documentación acreditativa del fabricante ni el proyecto de construcción».
«Claramente ilegal»
La defensa del Consell frente a la caducidad no se limita a discutir qué quioscos son desmontables. Su informe jurídico, firmado por la letrada de Medio Ambiente, Lidia Serrano Tur, sostiene que la propia obligación de desmontar cada año carece de cobertura legal.
El informe se refiere al artículo 113.3 del Reglamento General de Costas, que dispone que «las instalaciones deberán desmontarse una vez finalizada cada una de las temporadas». Argumenta que esa exigencia la añadió la reforma del Reglamento de 2014, que no figura en la Ley de Costas ni en el reglamento original de 1989, y que supone «un claro exceso sobre las previsiones de la Ley de Costas».
A su juicio, una obligación «económicamente muy gravosa» solo podría imponerse con rango de ley. El texto habla de «un auténtico “exceso”».
De ahí concluye: «A nuestro juicio, el deber de desmontar (y montar) anualmente los quioscos playeros nos parece claramente ilegal (al menos, en cuanto a los quioscos no construidos mediante obras)». Considera que, por ello, es «jurídicamente inaplicable» según el artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el 117.1 de la Constitución. Añade que el artículo 113 regula las autorizaciones de servicios de temporada y no las concesiones, que es el título de los quioscos.
Las 7 irregularidades
En total, se trata de siete irregularidades sintetizadas y denunciadas por los antiguos concesionarios de los chiringuitos, que habían sido analizadas y documentadas por los técnicos de la Conselleria del Mar y del Ciclo del Agua.
1. El incumplimiento del desmontaje
El primer punto analizado por los antiguos concesionarios es el “incumplimiento flagrante del título concesional al no ser elementos desmontables en todos sus elementos y no desmontar los quioscos en el plazo exigido en la concesión”.
Tal como avanzara La Voz de Ibiza, la condición de desmontar se encontraba incluida tanto en los pliegos administrativos y técnicos como en el título concesional a partir de lo establecido en el Reglamento General de Costa.
A partir de las alegaciones presentadas por el Consell Insular de Formentera en marzo de 2023, se había establecido «la obligación anual de desmontar se reduzca al período de un mes entre el 15 de enero y el 15 de febrero de cada año».

También se había alertado que los concesionarios incumplieron con la obligación de instalar estructuras desmontables, tal como establece el Reglamento de Costa. En el artículo 68 se indica que «estas instalaciones serán de temporada y desmontables en todos sus elementos».
Entre las pruebas, los denunciantes han presentado una serie de imágenes, declaraciones del portavoz Juanjo Costas en Ràdio Illa y concluyen que «las instalaciones no son desmontables por cuanto tardan 45 días para ser montadas y los mismos para ser desmontadas».
«Se trata de construcciones de madera construidas tablón a tablón, mayoritariamente. Es por ello que han tardado en montar prácticamente todos los quioscos 45 días. Incluso hay dos quioscos que tienen más de una planta», apuntaron.
De todas formas, aclararon que «el único quiosco que cumpliría el requisito de ser modular y desmontable en todos sus elementos es el quiosco La Gitana, situado en playa Migjorn, donde se encontraba La Franja».
2. Falta del acta de reconocimiento previo
En segundo término, plantean que «no se ha levantado el acta de reconocimiento previo de las obras, lo que supone un incumplimiento del título concesional y una causa de caducidad de la concesión».
Tal como avanzara La Voz de Ibiza, los chiringuitos han funcionado durante toda la temporada sin contar con la preceptiva acta de replanteo, un documento técnico que certifica la correcta ubicación y construcción de las infraestructuras en el Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT), el cual consta de un acta inicial al comienzo del montaje y una final, a modo de evaluación de las instalaciones.

Por eso, los antiguos concesionarios alertamos de los riesgos de estas construcciones ya que «no consta el facultativo competente para la dirección de obras; Se han ocupado espacios fuera del DPMT (Dominio Público Marítimo Terrestre) autorizado; Lo ejecutado no se ajusta al proyecto en base al cual se otorgó la concesión».
3. Instalados en zonas inundable«
A esta irregularidad, se le suma que los quioscos de playa «soportan un riesgo cierto de ser alcanzadas por el mar» ya que algunos de ellos se encuentran en zona inundable.
La Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, en su artículo 27, establece la servidumbre de tránsito que «recaerá sobre una franja de 6 metros, medidos tierra adentro a partir del límite interior de la ribera del mar«.
En tal sentido, determina que «esta zona deberá dejarse permanentemente expedita para el paso público peatonal y para los vehículos de vigilancia y salvamento, salvo en espacios especialmente protegidos».
Esto también es recogido por el artículo 74 del Reglamento de Costas en el artículo 74 que establece las normas generales para la ocupación de las playas: «Se dejará libre permanentemente una franja de seis metros, como mínimo, desde la orilla en pleamar».

En el escrito presentado a la Conselleria se detalla que «el quiosco situado en Es Pujols (identificado como lote nº19 en el contrato de cesión y actualmente denominado Briss), el situado en Cala Saona (Lote nº3, denominado BocaBoca) y el quiosco situado en Es Copinyar (Lote nº 27, denominado Bartolo), incumplen la necesaria distancia mínima de seis metros desde la orilla en pleamar y están siendo alcanzados por el mar».
«Todos ellos se encuentran ubicados en entornos extremadamente sensibles», agregan.
Además, han hecho referencia a declaraciones de Juanjo Costa que reconoció que «la planimetría en la que se basan las actas de replanteo fue elaborada por ellos mismos».
4. Invasión del dominio público no otorgado
Aquí se hace referencia a las «instalación de tubería de saneamiento de aproximadamente 270 metros lineales bajo la pasarela para dar servicio al quiosco situado en playa Mitjorn, actualmente denominado Amar», tal como informara en su momento La Voz de Ibiza.
Asimismo, los concesionarios perjudicados por el concurso bajo sospecha detallan que «se observan movimientos de arena, rotura de dunas, alteración de las pasarelas instaladas y la existencia de varios vertidos en la arena».

Esta cuestión ya fue denunciada ante esta Conselleria durante la ejecución de las obras y «aún no se ha recibido respuesta y la instalación sigue allí».
6. Vertidos de aguas residuales
En el documento, también se denuncia por «vertidos no autorizados» a los quioscos denominados Briss, Amar y Bartolo, al tiempo que se adjunta fotografías como pruebas.

Además, valora que «son infracciones graves en todo caso, el vertido no autorizado de aguas residuales».
6. Modificación sustancial del título concesional
Los antiguos concesionarios han plantado que la ubicación de los dos quioscos de Els Arenals, que se posicionan en tramos naturales de playa, «no cumplirían las distancias mínimas de 300 metros que exige el artículo 68 del Reglamento (respecto a la concesión vigente de otro bar)».
Sin embargo, con la ubicación alternativa para ellos que ha propuesto el Consell en marzo de 2023, sí se respeta esa distancia mínima.
Un estudio topográfico contratado por empresas perjudicadas ha revelado que al menos dos chiringuitos han sido ubicados en puntos no autorizados y, por lo tanto, fuera del espacio reflejado en el título de concesión, tal como ha avanzado La Voz de Ibiza.
Estos se encuentran en lugares imposibles de ser autorizados, ya que no cumplen la distancia mínima de 300 metros entre locales expendedores de alimentos y bebidas autorizados, lo que incumple uno de los artículos del Reglamento de Costas.

“El quiosco no se ha ubicado en el lugar en el que obtuvo autorización y tenemos constancia del informe emitido por la AGE respecto de las irregularidades detectadas tras la denuncia presentada ante Demarcación de Costas”, mediante un escrito de fecha 11 d julio de 2024.
“En la misma denunciamos la ocupación de dominio público marítimo-terrestre sin título en dos ubicaciones de Playa Arenals, las correspondientes al lote 38 (antiguo quiosco Pirata Bus) y al lote 35 (antiguo quiosco La Franja) del contrato de cesión de derechos de ocupación del DPMT en el TM de Formentera”, apuntaron.
7. Falta de exposición pública del proyecto concesional
Según han planteado los antiguos concesionarios de los quioscos de playa en el escrito presentado ante la Consellería del Mar y Ciclo del Agua, «no consta la exposición pública del proyecto conforme a la normativa de Costas»”.
En tal sentido, detallan que, «pese a que la concesión señala que se sometió la petición a la reglamentaria información pública y oficial en el año 2022, no tenemos constancia del anuncio publicado».
Por ello, consideran que el procedimiento de otorgamiento de la concesión está viciado de nulidad «ya que el trámite de información pública permite presentar alegaciones durante el plazo concedido y se ha obviado».
«Ello ha causado indefensión y ha impedido alegar contra las ubicaciones planeadas, las distancias, los servicios afectados, la movilidad, los derechos de propiedad, derechos de vecinos, etc», han expuesto.
-
Cuenta atrás para los chiringuitos de Formentera: la insumisión a desmontar es motivo de rescisión fulminante de la concesión
-
Ultimátum de los antiguos chiringuitos de Formentera al Govern tras nueve meses de parálisis
-
La última bala de los chiringuitos de Formentera: una cautelar para evitar el desmontaje
-
Los antiguos concesionarios vuelven a la carga: los chiringuitos investigados siguen operando sin replanteo en Formentera
-
Otra mentira de Sa Unió desmontada: los chiringuitos de Formentera debían subrogar a los trabajadores
-
Los chiringuitos insumisos de Formentera vuelven a incumplir la obligación de desmontar
-
El Govern tumba el último intento del Consell de salvar la concesión de los chiringuitos y deja vía libre a la caducidad











