PUERTO DE VILA

El pliego de Port Nautic Ibiza admite el gran problema del concurso: nadie sabe cuándo llegará el Plan Especial

El documento que rige la licitación obliga a los aspirantes a proyectar y presupuestar obras condicionadas a un instrumento urbanístico bloqueado, usando parámetros provisionales que nadie puede garantizar al 100% al aprobarse el plan definitivo. El pliego establece como fecha límite el 31 de diciembre de 2031.

El puerto de Ibiza

Los pliegos del concurso para la gestión de la instalación náutico-deportiva del puerto de Ibiza ahora denominada Port Nautic Ibiza, avanzadas en el Boletín Oficial del Estado el pasado lunes, dejan al descubierto las complicaciones producto del retraso de la tramitación del Plan Especial del Puerto de Ibiza. Es que el documento de 83 páginas que rige la licitación construye toda su segunda fase de inversión sobre ese instrumento urbanístico bloqueado, fija una fecha concreta para su aprobación y obliga a los licitadores a proyectar obras sobre parámetros que podrían no ser los definitivos.

Así, la letra pequeña del pliego refleja con precisión el coste real del retraso acumulado que se contabiliza en años. Y que no tiene un horizonte tan claro para su aprobación: la Autoridad Portuaria de Baleares ahora posterga su aprobación definitiva para 2027. Aunque en el pliego establece como fecha límite el 31 de diciembre de 2031, a efectos del cálculo económico que deben presentar los licitadores.

El calendario no es un compromiso de la Administración ni una previsión oficial de tramitación: es, según el propio documento, una referencia forzosa para que los aspirantes puedan elaborar sus memorias económico-financieras con algún horizonte temporal.

El pliego lo aclara con una apostilla reveladora: esa fecha se establece «sólo a los efectos de la memoria económica que ha de acompañar las proposiciones de los licitadores».

El documento que lleva años bloqueado en la tramitación municipal y que, según ha podido confirmar La Voz de Ibiza, volvió a manos del Ayuntamiento de Ibiza, tras ser devuelto a la APB por una serie de errores e incongruencias urbanísticas.

«Se han introducido, a requerimiento de los servicios técnicos municipales, pocas y pequeñas modificaciones no sustanciales, de redacción de textos, sin alterar criterios ni ordenación alguna respecto a la versión que aprobó el Consejo a finales de noviembre», detallaron a este medio desde la Autoridad Portuaria. 

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Cinco millones en obras sobre parámetros provisionales

La segunda fase de inversión, dotada con una estimación de 5 millones de euros, incluye actuaciones que solo son posibles con el Plan Especial aprobado: ampliación de los volúmenes edificatorios existentes, construcción de nuevas edificaciones y reordenación de instalaciones en la zona terrestre.

Con ese panorama de incertidumbre, los licitadores están obligados a presentar un Proyecto 2 que contemple esas obras.

El problema es que nadie sabe con exactitud qué permitirá el Plan Especial cuando se apruebe. La APB lo da por aprobado, aunque aún tiene una tramitación ambiental y del Consell de Ibiza pendiente, y facilita a los licitadores una tabla de parámetros urbanísticos de referencia, extraída de la propuesta que actualmente está en tramitación, pero con una advertencia explícita en el propio pliego: esos parámetros se facilitan «sin perjuicio de lo que disponga el documento que finalmente se apruebe y que podría dar lugar a tener que realizar ajustes en el proyecto constructivo para su aprobación por parte de la APB».

En términos concretos, los licitadores deben proyectar y presupuestar 5 millones de euros de obras con parámetros que pueden cambiar. Y el propio pliego reconoce que ese Proyecto 2 no será valorado en el concurso precisamente por esa incertidumbre.

«Dada la incertidumbre sobre la fecha y los términos exactos de la aprobación del Plan Especial, y para garantizar la objetividad en la valoración, el Proyecto 2 no será objeto de valoración», determina.

Tres años de obras tras la aprobación… si llega

El pliego establece también el plazo que tendría el adjudicatario para ejecutar la segunda fase una vez aprobado el Plan Especial: tres años desde esa aprobación.

Tomando como referencia la fecha estimada de 2031, las obras de la segunda fase no estarían terminadas, en el mejor de los escenarios, hasta 2034.

En una concesión de 25 años que comenzará en mayo de 2027, eso significa que el adjudicatario llevaría siete u ocho años operando antes de poder ejecutar una parte importante de las inversiones comprometidas.

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Qué dice exactamente el pliego sobre el Plan Especial

El documento describe el Plan Especial como «indispensable para la viabilidad jurídica de determinadas actuaciones de edificación y ordenación en la zona terrestre de la futura concesión».

Y reconoce que su retraso ha obligado a diseñar una estructura de concurso en dos proyectos diferenciados: «Con el fin de no demorar la modernización y puesta en valor de la instalación, y al mismo tiempo salvaguardar la máxima seguridad jurídica y el respeto a los principios de igualdad, no discriminación y libre concurrencia, se ha estructurado el objeto del concurso en dos proyectos diferenciados».

Es una formulación técnica que describe con precisión el dilema al que se enfrenta la APB: esperar a que el Plan Especial avance implica seguir demorando la modernización de una instalación que lleva años en un limbo jurídico. Lanzar el concurso sin él implica asumir que una parte significativa de las inversiones queda en el aire.

El pliego lo resume con una frase que condensa el problema de fondo: la segunda fase de inversión «deberá ejecutarse entre los años quinto y octavo del plazo concesional, con el fin de materializar las futuras edificaciones previstas». Que eso sea posible depende, en última instancia, de un documento urbanístico cuya tramitación lleva años sin resolverse.

Este camino que ha elegido la APB –una licitación de largo alcance sin contar con el Plan Especial– tiene además otra consecuencia: solo determina la concesión del Área 3, cuando el documento en tramitación establece la posibilidad de añadir al espacio de gestión el Área 2, donde actualmente opera la conexión marítima entre Ibiza y Formentera y que se trasladará al muelle comercial una vez que el reordenamiento portuario sea aprobado.

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Los usos que el Plan Especial permitiría

El pliego detalla, tomando como referencia la propuesta en tramitación, qué podría hacerse en la zona terrestre una vez aprobado el documento. Las superficies actuales del Área 3 —identificada en el plan como «Área 3: Ribera de Poniente – Club Náutico»— sumarían un total construido de 1.713,49 m² entre edificios existentes.

La propuesta contempla una ampliación de 1.346 m² adicionales en planta baja y primera, más una reserva para pérgolas de 150 m². En total, el conjunto podría alcanzar los 3.059 m² de edificabilidad.

Esos metros adicionales son los que permitirían desarrollar los usos que el pliego apunta como posibles pero condicionados: locales comerciales vinculados a la náutica, gimnasio, y espacios para actividades sociales, culturales y medioambientales. Sin Plan Especial, ninguno de esos usos nuevos puede materializarse en obra nueva.

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