La Conselleria del Mar y Ciclo del Agua propone desestimar el último recurso presentado por el Consell Insular de Formentera para suprimir la obligación de desmontar los chiringuitos en invierno, tras la doble insumisión de los concesionarios, según ha podido saber La Voz de Ibiza.
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En este sentido, la Conselleria ha elevado ya su propuesta al servicio jurídico, órgano que deberá resolver de forma definitiva.
Según la información trasladada por el departamento autonómico a este medio, “ya se ha respondido al servicio jurídico proponiendo su desestimación”, una decisión que se encuentra aún pendiente de resolución interna dentro del Govern balear.
Esta postura supone un nuevo capítulo en el conflicto abierto con el Consell de Formentera, que había impulsado un recurso potestativo de reposición contra la inadmisión de su solicitud para modificar la concesión de los quioscos, tal como avanzó La Voz de Ibiza.
En ese recurso, aprobado por la Junta de Gobierno el 27 de febrero, la institución insular buscaba eliminar la obligación de desmontar los chiringuitos entre el 15 de enero y el 15 de febrero, una exigencia recogida tanto en el Reglamento de Costas como en el título concesional vigente.
Una propuesta pendiente de resolución
Desde la Conselleria del Mar y Ciclo del Agua insisten en que la decisión no es aún firme, ya que “esa es nuestra propuesta, pero está pendiente de resolver por el servicio jurídico del Govern balear”, lo que deja en manos de este órgano la decisión final sobre el recurso.
Este matiz es clave, ya que introduce un nuevo escenario administrativo en el que el criterio jurídico determinará si prospera o no la pretensión del Consell, en un contexto marcado por tensiones políticas y posibles consecuencias sobre la concesión.
El recurso de Sa Unió se enmarca en una estrategia más amplia para defender las irregularidades de los chiringuitos, después de que por segundo invierno consecutivo no se haya cumplido con el desmontaje obligatorio, salvo el quiosco de playa Bartolo que sí ha retirado la estructura este año.
La Conselleria, por su parte, ya había iniciado un expediente sancionador vinculado a este incumplimiento, lo que podría derivar en consecuencias sobre la concesión administrativa del dominio público marítimo-terrestre.
La estrategia de Sa Unió
El recurso potestativo de reposición del Consell se estructura en base a la decisión de que el Govern inadmitió a trámite la solicitud de modificación de la concesión para ocupar el dominio público marítimo-terrestre con instalaciones de servicios de playa.
Se trata de una maniobra más a favor de los actuales concesionarios. El objetivo de la iniciativa es claro: que se suprima la obligación de desmontar los quioscos de playa entre el 15 de enero y el 15 de febrero de cada año, una exigencia establecida en el Reglamento de Costas y en el título concesional, por la cual la Conselleria del Mar y Ciclo del Agua ha iniciado un expediente sancionador que le podría costar al Consell la concesión.
El acuerdo parte de una propuesta formal “Propuesta de aprobación de recurso potestativo de reposición contra la Resolución por la cual se inadmite a trámite la solicitud de modificación”.
La clave política y administrativa del acuerdo es que el Consell no se limita a discrepar del fondo, sino que cuestiona directamente que el Govern optara por no tramitar la solicitud. El informe jurídico incorporado al acta sostiene que la decisión de inadmitirla fue “totalmente contraria a Derecho” y defiende que la Administración estaba obligada a abrir el procedimiento y resolverlo, ya fuera en sentido favorable o desfavorable.
En palabras del propio informe, la resolución debía ser “de estimación o desestimación de dicha solicitud, pero en ningún caso de inadmisión a trámite de la misma ya que ello supone de facto una denegación de fondo de lasolicitud del Consell sin haber entrado a analizarla y examinarla”.
«La decisión del conseller de inadmitir a trámite y de no tramitar el correspondiente procedimiento administrativo es una decisión totalmente contraria a Derecho y, por tanto, debería ser anulada mediante la estimación del presente recurso de reposición», plantea el informe jurídico firmado por el secretario Angel Custodio Navarro.
Ese informe, fechado el 25 de febrero de 2026, es el soporte central del acuerdo aprobado por la Junta. En él se argumenta que la solicitud del Consell no puede considerarse “manifiestamente carente de fundamento”, que es uno de los supuestos que permitirían una inadmisión.
Al contrario, el texto sostiene que el propio Reglamento General de Costas permite la modificación de autorizaciones y concesiones, y reprocha a la Conselleria que cerrara la puerta al expediente sin entrar a analizar la petición de fondo.
El documento va más allá y subraya que la petición del Consell se apoya en una línea jurídica concreta: el derecho del concesionario a “solicitar” la modificación de la concesión y a que la Administración concedente tramite el expediente hasta el final. De hecho, el informe sostiene que el Consell tiene “perfecto derecho a ‘solicitar’ la modificación de la concesión de ocupación del DPMT” y que la Conselleria debe decidir después, con un pronunciamiento de fondo, si esa modificación responde o no al interés general.
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El Consell sostiene que la inadmisión de su solicitud fue contraria a Derecho y que debía resolverse sobre el fondo, la Conselleria mantiene ahora una posición clara de rechazo a ese planteamiento, al menos en la propuesta elevada a los servicios jurídicos.
El informe jurídico insular defendía que la Administración debía pronunciarse sobre la modificación solicitada, pero la respuesta del Govern apunta en sentido contrario, consolidando el choque institucional en torno a la gestión del litoral.
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