De los 233 solicitudes presentadas en los cinco ayuntamientos de la isla, solo un expediente ha sido aprobado para regularizar obras ilegales en suelo rústico tras el Decreto Ley 3/2024 de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas, publicado el 28 de mayo de 2024 en el BOIB, transformado en ley en diciembre y aprobado por el Consell Insular de Ibiza en marzo de este año.
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Así lo refleja un relevamiento realizado por La Voz de Ibiza ante los ayuntamientos de Vila, Sant Joan, Sant Josep, Sant Antoni y Santa Eulària.
En el único municipio que, de momento, no se tramita ninguna regularización extraordinaria es en Ibiza: “Hemos tenido varias conversaciones con interesados, pero aún no consta la presentación de proyectos técnicos”, han explicado a este medio.
Por su parte, el presidente de la Demarcación pitiusa del Colegio de Arquitectos, Lluís Oliva, sostuvo que “la previsión es que la gente, ahora que ya parece haberse estabilizado la normativa, empiece a presentar antes de la subida de la multa que habrá a partir del segundo año”.
Hasta junio, habían presentadas un centenar de viviendas construidas sin licencia o fuera de ordenación para tramitar su legalización. “A día de hoy ya estaremos cerca de las 200 aunque no tengo datos exactos”, añadió Oliva.
Municipio por municipio
El único expediente cerrado y aprobado hasta la fecha es en Sant Antoni de Portmany.
Según han explicado desde el Ayuntamiento, han recibido “57 solicitudes dentro del proceso de legalización extraordinaria de viviendas en suelo rústico previsto en el decreto ley de simplificación administrativa”.
“Los técnicos municipales están tramitando estos expedientes y, de momento, se ha autorizado una de las solicitudes presentadas”, detallaron.
En Santa Eulària también van avanzados con las tramitaciones: de las 80 legalizaciones extraordinarias presentadas, 68 ya están en tramitación, según han confirmado a La Voz de Ibiza.
En Sant Joan no hay ningún expediente en proceso. “Se han dado 36 registros de entrada relacionados con este tema, pero por ahora no se han resuelto ya que, en algunos casos, se han solicitado requerimientos”, explicaron.
Mientras que en Sant Josep hay 60 solicitudes registradas y añadieron desde el Ayuntamiento que “haremos balance próximamente”.
Formentera, en el aire
Formentera es la única isla balear que aún no ha convalidado la amnistía urbanística impulsada por la administración de Marga Prohens para resolver la situación de las construcciones en suelo rústico no protegido para irregularidades prescritas.
El Govern no ha querido invadir competencias propias de los consells y ha dado a los gobiernos insulares la última palabra en tanto que gestionan la ordenación del territorio en la aplicación de la medida de gracia. Ibiza, Menorca y Mallorca han dicho sí y la medida ya está en vigor en las tres islas, al contrario que en Formentera.
En agosto del año pasado, en medio de la crisis institucional y política que atravesaba la pitiusa menor, desde el Consell Insular explicaban que “por el momento no es prioritario”.
Más de un año después, al parecer la valoración del consistorio no se modificó a pesar que el escenario sí, con el restablecimiento de la Junta de Gobierno en diciembre pasado, tras la remoción del ex presidente Llorenç Córdoba.
Ante la consulta de La Voz de Ibiza, respondieron esta semana que “a este Pleno esto no va”, aunque no dieron precisiones de si la propuesta se encuentra en agenda.
Los puntos más importantes de la amnistía urbanística
1. Prescripción más fácil para obras ilegales
Se flexibilizan los requisitos para acreditar la fecha de finalización de obras ilegales.
Ahora se aceptan cualquier medio de prueba admitido en derecho (informes técnicos, testimonios, fotos, documentos históricos…), siguiendo los criterios de valoración de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Esto supone un estándar probatorio menos restrictivo que el anterior.
2. Se permiten obras en edificaciones ilegales
Las construcciones consideradas fuera de ordenación podrán recibir obras de mantenimiento, seguridad, salubridad, reparación, consolidación y reforma.No se trata de una legalización, pero sí autoriza mejoras necesarias sin exigir la regularización total.
3. Ampliación del margen para la legalización extraordinaria
El plazo de tres años para legalizar edificaciones en suelo rústico se aplica no desde la entrada en vigor del decreto, sino desde el momento de la solicitud, siempre que ya haya prescrito la infracción.
Esto permite que construcciones con infracciones aún vivas puedan acogerse si prescriben dentro del periodo de tres años.
4. El silencio administrativo pasa de negativo a positivo
Si la administración no responde en seis meses, la solicitud se considerará aprobada por silencio positivo, salvo que existan causas de inadmisibilidad.5. Regulación específica para suelo rústico protegido
Para edificaciones en zonas especialmente protegidas, la prescripción solo se reconoce si, además de haber transcurrido el plazo legal, se demuestra que la obra o el uso ya existía antes de que pasara a estar prohibido.
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