Con la declaración de zona turística saturada y de reconversión aprobada por el Consell de Ibiza, el Hotel Ibiza Corso tiene a su alcance una nueva vía para empezar de cero: presentar un proyecto nuevo por un camino distinto del que hoy tiene suspendido. Pero empezar de cero no significa empezar sin condiciones. El régimen al que tendría que acogerse tiene reglas propias —algunas más estrictas, otras más generosas— y, según sostuvo el propio Consell en el Pleno del mes de septiembre, no resuelve el problema que más preocupa al barrio: qué actividad puede funcionar en ese espacio.
Lo que cambia en las reglas del juego
La vía es la disposición adicional cuarta de la Ley General Turística 8/2012, reescrita en abril de 2025, que regula el régimen extraordinario de mejora de establecimientos turísticos. Solo se aplica en ámbitos declarados zona de reconversión —de ahí que la declaración fuera la llave— y exige presentar la solicitud antes del 1 de junio de 2029. Como en la vía anterior, hace falta un informe preceptivo y vinculante de la administración turística, en este caso el Consell, un trámite que se da por descontado: el favorable de octubre de 2025 no serviría, por haberse emitido al amparo de una norma derogada, en este caso el decreto covid.
El tope baja, pero con una salvedad. El incremento de superficie edificada y ocupación no puede superar el 10 % de lo legalmente construido, frente al 15 % de la vía covid. Ahora bien, la norma añade que ese porcentaje «puede ser incrementado hasta un máximo del 20 % por acuerdo del Pleno del ayuntamiento respectivo».
El conseller Mariano Juan dejó entrever esto en el Pleno al explicar que la declaración «hace que haya un 10 % de ampliación de forma automática» y que, por tanto, cualquier cambio en el proyecto del Corso «tendrá que tener una reducción». Y añadió: «Esto, si no hay ninguna declaración más ni ningún cambio más por parte del Ayuntamiento». Dicho de otro modo: el techo final no lo fija solo la ley ni el Consell. La llave para subirlo del 10 % al 20 % la tiene el Pleno del Ayuntamiento de Ibiza.
Además, aparece un peaje. El titular debería abonar al Ayuntamiento el 5 % del presupuesto de ejecución material de la parte que exceda lo legalmente construido, fraccionable en cuatro años y destinado a la mejora del entorno turístico. La vía covid no lo contemplaba.
Y sigue sin poder crecer en plazas. La modernización no puede aumentar las plazas turísticas, aunque permite redistribuir las autorizadas. La diferencia está en el matiz: la vía covid obligaba a los establecimientos de más de 150 habitaciones a reducir plazas en proporción a la ampliación; la nueva se limita a prohibir el aumento.
El obstáculo de 2023, levantado
La diferencia de más calado tiene que ver con lo que ocurrió hace tres años. En mayo de 2023, el Ayuntamiento de Ibiza denegó una solicitud de reforma y ampliación porque el edificio, en situación de inadecuación respecto del planeamiento vigente, no admitía ese tipo de obras: aquella situación, concluyó el informe técnico municipal, «no permite la posibilidad de ampliación».
El nuevo régimen desactiva esa barrera. Su apartado 11 establece que, para las modernizaciones que se acojan a él, «quedan sin efecto las limitaciones de obras» que la ley urbanística balear impone a las edificaciones inadecuadas o fuera de ordenación, salvo en edificios protegidos o declarados expresamente fuera de ordenación. Y el apartado 7 va más lejos: los establecimientos que ejecuten obras por esta vía quedan «legalmente incorporados al planeamiento municipal como edificios adecuados».
El muro que no se mueve: la sala de ocio
Todo lo anterior afecta a los metros. Pero el conflicto del barrio no es ese. «Nunca nos hubiera importado que se mejorara y ampliara el hotel», insiste el presidente de la Asociación de Illa Plana, Alberto Sánchez Runde, que resume así el límite de la nueva vía: «Soluciona el tema de la ocupación, pero no el de la licencia» de actividad.
En eso coincide con el Consell. Interpelado en el pleno sobre si la declaración abre una puerta para desbloquear la licencia del Corso, Mariano Juan respondió que no altera nada de lo esencial. «No cambia el régimen de usos —afirmó—. Eso quiere decir que, si no se podía hacer una discoteca antes, no se podrá hacer una discoteca ahora». Y añadió que tampoco cambia el régimen de la oferta complementaria: «Si antes no se podía abrir al público una actividad complementaria allí dentro, ahora tampoco se puede abrir al público».
Las declaraciones de zona, sostuvo, «van sobre poder hacer proyectos en espacios públicos y proyectos de ampliación en espacios privados», y no sobre los usos ni sobre si una actividad puede abrirse al público general o debe reservarse a los clientes del hotel.
Es la lectura más restrictiva posible de la nueva vía, y viene de la administración que la ha aprobado. El Plan General de 2023 prohíbe implantar nuevas salas de fiesta, discotecas y salas de baile «y similares» en todo el término municipal, y la posición del Consell es que el régimen extraordinario no toca esa prohibición.
Qué salidas quedan para el espacio de ocio
Con ese marco, las opciones se estrechan. Del expediente y de lo trasladado por las administraciones se desprenden, en esencia, tres caminos, cada uno con su obstáculo.
Reservarlo a los huéspedes. Es la salida que el equipo de gobierno municipal planteó a los grupos y la que encaja con el criterio del Consell, que en julio estableció que los espacios recreativos deben estar integrados en el establecimiento y restringidos a los alojados, sin venta de entradas, pases diarios, reservas ni abonos para no clientes. El problema es de escala: un local de 2.484 metros cuadrados con escenario, camerinos y palcos, en un hotel de poco más de 300 plazas, y explotado por un tercero, difícilmente responde a ese modelo.
Apoyarse en la licencia de sala de baile de 1997. Es la tesis que el Ayuntamiento trasladó al Consell en agosto. Los obstáculos están documentados: aquel título ampara 488 metros cuadrados exclusivamente en la planta −2, mientras el proyecto sitúa el uso recreativo en la planta baja y la −1; excluye expresamente los espectáculos; y sobre su vigencia pesan tanto el cambio de uso ejecutado en 2016 como una solicitud de caducidad que el Consistorio no ha resuelto.
Cambiar la etiqueta de la actividad. Según la portavoz de Unidas Podemos, Guadalupe Nauda, en la junta de portavoces el equipo de gobierno sostuvo que en el establecimiento puede implantarse «todo lo que no está prohibido» por el Plan General, y puso como ejemplos un café-concierto o un restaurante con música en vivo. La duda es hasta dónde llega la prohibición: el planeamiento no veta solo las salas de fiesta, discotecas y salas de baile, sino también los usos «similares». Y la ley turística balear definía la sala de fiesta, precisamente, como el establecimiento que ofrece espectáculos además de baile público.
Dos expedientes que el Consell separa
Mariano Juan introdujo en el pleno una distinción que conviene retener, porque marca cómo entiende el Consell el asunto. El debate sobre la actividad que se pretende encajar en el establecimiento, dijo, «se ha ligado con un expediente de modernización del hotel que no tiene que ver en realidad con la licencia que este establecimiento de restauración podría tener». «Entiendo que se mezcle, pero no tienen nada que ver», zanjó.
La separación es discutible en un punto: la licencia de febrero se concedió, precisamente, sobre la premisa de que en el edificio existía una sala de fiestas legalmente implantada —una premisa que el propio Ayuntamiento rectificó en julio—. Fue ese supuesto uso recreativo previo el que permitió encajar el proyecto, de modo que obra y actividad han estado entrelazadas desde el origen del expediente.











