El real decreto aprobado por el Gobierno el pasado 26 de diciembre, que regula distintos aspectos de la Marina Mercante y permite el cambio temporal de uso de embarcaciones privadas (lista séptima) a chárter profesional (lista sexta) durante un máximo de tres meses al año, no incluye finalmente la excepción específica para Baleares que había sido anunciada por el PSOE balear en los últimos meses. No obstante, los socialistas aseguran que el compromiso del Ejecutivo central con esa excepción se mantiene y que se regulará en una norma posterior, antes del inicio de la próxima temporada turística.
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Así lo ha afirmado a La Voz de Ibiza la diputada socialista por Baleares Milena Herrera, quien ha subrayado que la exclusión o limitación de esta práctica en territorios con saturación náutica o riesgo medioambiental es una medida en la que trabaja el Ministerio de Transportes y será una realidad antes del próximo verano.
Un decreto “en tramitación avanzada” sin margen para cambios
Herrera explica que el real decreto publicado a finales de año no incorporó la excepción balear porque su tramitación estaba ya muy avanzada, incluyendo el informe preceptivo del Consejo de Estado. “Incorporar cuestiones nuevas habría supuesto saltarse ese trámite”, señala la diputada, que enmarca el texto aprobado como una recopilación de asuntos pendientes dentro del ámbito de la Dirección General de Marina Mercante .
Según detalla, el Ministerio de Transportes trabaja en paralelo en otro real decreto que sí abordará de forma específica las limitaciones al cambio temporal de uso de las embarcaciones privadas en zonas donde exista saturación del sector náutico o riesgo medioambiental, como es el caso de Baleares.
Compromiso reiterado en el Congreso
La diputada ibicenca recuerda que el secretario general de Transporte Aéreo y Marítimo, Benito Núñez, confirmó en octubre, durante una comparecencia oficial en el Congreso, que esta limitación se aprobaría antes de la próxima temporada turística, a raíz de una pregunta formulada por la propia Herrera en comisión .
“El compromiso del ministerio es claro y se mantiene”, insiste la parlamentaria socialista, que pide evitar el alarmismo generado tras la publicación del decreto de diciembre y recalca que la excepción para Baleares sigue en la agenda normativa del Gobierno.
En julio, Herrera había dicho que el compromiso del Ministerio de Transporte de una excepción para Baleares era fruto de las negociaciones en el seno del PSOE. “Hemos trabajado para evitar que una normativa pensada para todo el Estado genere más presión sobre nuestras costas
Sin autorizaciones en Baleares desde agosto
Herrera aporta además datos para contextualizar el impacto real de la medida mientras no se aprueba la futura excepción. Desde que el cambio temporal de uso está en vigor, en agosto del año pasado, no se ha concedido ninguna autorización en Baleares, según los datos facilitados por el propio Ministerio de Transportes .
En ese periodo solo se registraron dos solicitudes en el archipiélago, ambas denegadas por no cumplir los requisitos exigidos, mientras que en el conjunto de España se autorizaron únicamente dos casos de menos de una veintena de peticiones. La diputada subraya que el sistema actual “es muy garantista y muy exigente”, con obligaciones estrictas en materia de seguros, inspecciones y condiciones de explotación.
Cabe recordar que el Govern balear ya ha vetado el alquiler turístico de embarcaciones privadas en los puertos de titularidad autonómica, una decisión adoptada en respuesta a la norma estatal y que ha sido defendida por el Ejecutivo de Marga Prohens como una medida de protección ambiental y de ordenación del litoral.
A la espera del nuevo real decreto
Sobre el contenido concreto del futuro decreto, Herrera reconoce que aún son una incógnita detalles técnicos como qué autoridad decidirá las limitaciones o qué criterios se aplicarán para permtir una excepción. “Entendemos que durante el primer semestre del año tendrá que quedar solucionado”, concluye .
Mientras tanto, el debate político y sectorial continúa abierto en Baleares, donde el alquiler temporal de embarcaciones privadas sigue generando rechazo mayoritario entre las empresas de chárter y el Govern balear, a la espera de que el compromiso anunciado se traduzca en una norma publicada en el BOE.
Qué dice (y qué no) el real decreto del 26/12
El Real Decreto 1188/2025, de 26 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado, reúne modificaciones a varias normas en materia de Marina Mercante, incluyendo ajustes técnicos a diversos reglamentos del sector marítimo. BOE
En el texto no figura una disposición explícita que excluya o restrinja de forma específica a Baleares respecto al régimen de alquiler temporal de embarcaciones privadas. Lo que incluye el decreto es un marco general de modificaciones organizativas y de seguridad, pero no incorpora una cláusula de excepción balear como tal.
Lo que sí estaba previsto en el ordenamiento —y que sirve de base al debate— es la posibilidad, en el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima, de autorizar el cambio temporal de uso de embarcaciones de lista séptima a actividades comerciales por hasta tres meses al año, siempre que se cumplan requisitos de seguridad, seguros y certificados técnicos. Ese régimen entró en vigor gradualmente a partir de agosto de 2025, tras la aprobación de su desarrollo reglamentario.
Lo que no figura en el real decreto es una limitación automática por saturación o riesgo medioambiental aplicable por defecto al territorio balear; esa es precisamente la materia que, según el PSOE, debe abordarse en un próximo real decreto.
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