La Audiencia Provincial de Islas Baleares ha confirmado la condena a seis meses de prisión para un hombre que se apropió del coche que le había prestado una vecina de Ibiza en 2021 y que nunca llegó a devolverle. La Sección Primera, con sede en Palma, desestimó el recurso de apelación del condenado y ratificó íntegramente la sentencia dictada por el Tribunal de Instancia de Ibiza el pasado mes de noviembre.
Un préstamo que acabó en apropiación
Según los hechos probados, en julio de 2021 una mujer prestó su coche, un Mini Cooper D, al acusado con la condición de devolvérselo cuando ella regresara a Ibiza de un viaje. Cuando la propietaria volvió y reclamó el vehículo, el acusado no lo entregó y siguió utilizándolo como si fuera suyo.
El vehículo, siniestro total en un accidente
El 21 de julio de 2021, mientras el acusado lo conducía, el coche sufrió un accidente que lo dejó siniestro total. El perito de la aseguradora Zurich fijó su valor venal en 4.473 euros, a los que se suman 1.560 euros por los restos. Tras el siniestro, el acusado no informó a la propietaria de dónde se encontraba el vehículo y solo llegó a pagarle 300 euros.
El acusado alegó una compraventa
En su recurso, la defensa sostuvo que existía un acuerdo posterior al accidente por el que el acusado se comprometía a pagar progresivamente el valor del coche y a vender los restos para reunir el dinero. Según esta versión, los hechos serían, en todo caso, un incumplimiento civil y no un delito de apropiación indebida.
La Audiencia rechazó este planteamiento. Los magistrados constataron que el acusado nunca acreditó la existencia de un contrato de compraventa: no pagó los 5.000 euros que él mismo reconocía deber, no cambió la titularidad del vehículo ni de la póliza del seguro, y tampoco lo dio de baja tras el siniestro.
La Fiscalía y la víctima pidieron confirmar la pena
Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular, ejercida por la mujer, se opusieron al recurso. Ambas partes defendieron que la sentencia de instancia estaba correctamente motivada y que las pruebas —la declaración de la denunciante, la de una testigo y la documental aportada— sostenían con solidez la condena.
Qué dice la sentencia definitiva
El tribunal concluye que no existió en ningún momento voluntad de devolver el bien, ni el coche ni su equivalente económico, y que el acusado actuó con ánimo de incorporar el vehículo a su patrimonio. La Audiencia recuerda que, en apelación, no puede sustituir la valoración de la prueba del juzgado de instancia salvo que el razonamiento sea ilógico o arbitrario, algo que no aprecia en este caso.
La sentencia 415/2026, dictada el 20 de julio y con Sirus Mashouf Mohsenin como ponente, confirma íntegramente la pena de seis meses de prisión, la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y la obligación de indemnizar a la propietaria por el valor del coche y sus restos, descontando los 300 euros ya abonados. Las costas de la apelación se declaran de oficio.
El caso de apropiación indebida deja así cerrada la vía de apelación, aunque la resolución podrá recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días desde su notificación.










