TRIGUEROGATE

El silencio cómplice del Govern: atrapado entre admitir el «fraude de ley de libro» de Triguero o que la ley es un coladero

Una semana después, la Conselleria de Vivienda no ha contestado las consultas jurídicas concretas de La Voz de Ibiza sobre la validez de los pactos sucesorios de Triguero a efectos de la Ley 3/2024. El silencio no es neutral: cualquier respuesta compromete al Govern, a la ley que impulsó y al propio alcalde.

El alcalde de Ibiza, Rafael Triguero, junto al conseller de Vivienda, José Luis Mateo.

La Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad del Govern balear lleva una semana sin responder a dos preguntas jurídicas concretas que La Voz de Ibiza le trasladó en el marco de la investigación sobre las irregularidades en la Vivienda de Precio Limitado del alcalde de Ibiza, Rafael Triguero.

El silencio no es casual. Cualquier respuesta que dé el Govern abre un flanco que no puede permitirse. Sobre todo ahora que ha quedado presionado a abrir un expediente tras la denuncia formal presentada por el Partido Socialista.

Las preguntas que nadie quiere responder

Las consultas que La Voz de Ibiza remitió a la Conselleria buscan clarificar si la cesión de parte del patrimonio de la familia Triguero cuadra con la normativa.

La primera plantea un supuesto jurídico que describe exactamente lo que hizo Triguero con los pactos sucesorios que este medio desveló: una persona titular del 100% de una vivienda otorga un pacto sucesorio a favor de sus hijos menores, cediéndoles el 50% pero reservándose la facultad de disponer del bien, la administración ordinaria y extraordinaria hasta que los hijos cumplan 35 años, la prohibición de que los hijos dispongan sin su consentimiento y el derecho de reversión en caso de premoriencia.

La pregunta es directa: ¿Considera el Govern que una persona que retiene todas esas facultades sobre el 50% cedido ha dejado de ostentar un derecho real de uso y disfrute sobre esa vivienda a efectos del artículo 2.5 de la Ley 3/2024? ¿Basta con el desplazamiento registral del dominio para cumplir el requisito, o la ley atiende también a la realidad material del control sobre el bien?

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La segunda consulta es igualmente incómoda: la Ley 3/2024 establece que el beneficiario de una VPL debe ser una persona física mayor de edad. ¿Pueden ser copropietarios de una VPL dos menores de edad que además residen en ella? ¿Qué estatus tienen esos menores a efectos del Registro de beneficiarios?

El dilema del Govern

El silencio del Govern tiene una explicación política clara: las dos opciones posibles son igualmente malas tanto para el Govern como para el propio Triguero.

Si responde que los pactos sucesorios de Triguero no son válidos para cumplir el requisito del artículo 2.5 de la Ley 3/2024, deja al alcalde todavía más expuesto. Confirmaría que la operación fue un intento de aparentar el cumplimiento de la ley sin cumplirla realmente, lo que seis fuentes jurídicas independientes ya han calificado de fraude de ley «de libro».

Y ese fraude de ley, en materia de vivienda protegida, puede tener consecuencias que van más allá de lo administrativo: en España existen precedentes de denuncias ante la Fiscalía Anticorrupción que incluyen expresamente el «fraude de ley con relevancia penal» en casos similares de acceso irregular a vivienda protegida.

El caso más documentado y reciente es el de Alicante, que tiene ciertos paralelismos con el Triguerogate. Allí el PSOE y Sumar llevaron la adjudicación de viviendas de protección pública a la Fiscalía Anticorrupción, apreciando hasta cinco posibles delitos: prevaricación administrativa, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos y conflicto de intereses, fraude a la Administración, estafa y fraude de ley con relevancia penal.

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La denuncia se dirigió contra la exconcejal de Urbanismo, la exdirectora general, el arquitecto municipal, el administrador de la gestora de la promoción y los miembros de la Junta de Gobierno Local.

Si por el contrario el Govern responde que los pactos sucesorios sí son válidos, estaría avalando que cualquier ciudadano puede vaciar de contenido el requisito patrimonial nuclear de la Ley 3/2024 con una operación notarial cosmética.

Esto convertiría en papel mojado la exigencia que la propia ex consellera Marta Vidal calificó de esencial para «eliminar cualquier tipo de fraude». Es que la normativa, según palabras de Vidal, incluía “medidas pensadas para ayudar a que más gente pueda acceder a una vivienda, a unos precios limitados por la administración”. Y que “no puede ser propietaria al 100% de otra vivienda” quien quiera acceder a una VPL.

Y abriría la puerta a que cualquiera replique la misma maniobra para acceder a una VPL sin cumplir realmente los requisitos, transformando la maniobra en un verdadero coladero.

En ambos casos, el Govern queda comprometido: con Triguero, con la ley que impulsó o con ambos a la vez.

Todo sobre el ‘Triguerogate’

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