En seis meses, el Ayuntamiento de Ibiza ha sostenido tres explicaciones distintas —y en gran medida contradictorias entre sí— para justificar la macrodiscoteca proyectada en el antiguo Hotel Corso. Y en el último movimiento ha ido un paso más allá: ha pedido al Consell de Ibiza que le confirme que la promotora podría corregir el proyecto sin necesidad de un informe insular nuevo, invocando precedentes anteriores.
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Argumento primero: la sala que ya estaba
La licencia urbanística núm. 11/2026, otorgada el 9 de febrero, se apoyó en una premisa: que en el local ya funcionaba una sala de fiestas legalmente implantada, de modo que lo proyectado no era una instalación nueva y no le afectaba la prohibición del PGOU de 2023.
Esa premisa se derrumbó el 7 de julio, cuando el propio Consistorio, al resolver un recurso vecinal, la calificó de errónea y declaró que no existe título habilitante alguno que acredite la implantación legal de una sala de fiestas.
Argumento segundo: el servicio para huéspedes
Sin uso preexistente, el Ayuntamiento sostuvo entonces que la sala no requería permiso recreativo propio porque era un «servicio complementario» del uso hotelero, restringido a los huéspedes del establecimiento y explotable únicamente por su titular.
Argumento tercero: la sala de baile autónoma
El 28 de agosto, en el informe remitido al Consell, el Consistorio describe la licencia de sala de baile de 1997 del Corso en términos exactamente inversos: como una actividad «autorizada con carácter autónomo y abierta al público general», sin que su acceso conste limitado a los clientes alojados.
Y es a ese título al que el Ayuntamiento se agarra ahora. Caída la sala de fiestas, la licencia de sala de baile de 1997 es el único permiso recreativo real que ha tenido el edificio: una autorización de 488 metros cuadrados en la planta inferior, con un aforo máximo de 365 personas. El Consistorio la sitúa como el antecedente sobre el que se sostiene la actuación proyectada.
El informe no afirma que la licencia de 1997 establezca expresamente que la actividad fuera autónoma y pública: sostiene que ello «se desprende» de la documentación técnica y administrativa del expediente, y que el acceso «no consta limitado» a los clientes alojados. Es decir, se apoya en lo que el permiso no dice para concluir lo que sí permitiría.
El giro tiene una lógica: si aquella actividad era autónoma y pública, lo proyectado dejaría de ser una implantación nueva y podría presentarse como continuidad de un uso recreativo que ya existía, esquivando así la prohibición del planeamiento.
Pero abre un frente distinto. Si la sala no es parte del hotel sino un negocio con vida propia, se cae del encaje turístico que justificó la ampliación: el informe favorable del Consell de octubre de 2025 computó los 2.484,20 metros cuadrados de la sala dentro del bloque de usos secundarios y compatibles del establecimiento hotelero, y un uso secundario y compatible es, por definición, uno que se desarrolla dentro del establecimiento.
De ahí que el propio Consell haya incluido entre los puntos sobre los que ahora admite alegaciones tanto «el carácter autónomo de la actividad, su apertura al público general y el aforo máximo autorizado de 365 personas» como «su consideración como uso secundario compatible» y «el límite superficial del 30 %».
El «insubsanable», matizado
Hay un segundo movimiento en el oficio que el regidor delegado Juan Flores remitió al Consell el 31 de agosto. El escrito considera oportuno «aclarar» que el informe técnico municipal del 22 de julio —el que reconoció que el proyecto incumple el límite del 15 % en la ocupación de forma no subsanable— «en ningún momento afirmó que la promotora no pudiese presentar una modificación del proyecto» al amparo del artículo 156 de la ley urbanística balear, que regula las modificaciones durante la ejecución de las obras.
Según esa lectura, lo que el informe declaraba imposible era corregir los errores mediante una simple rectificación documental, dado que la licencia ya estaba otorgada. Y añade que, si la promotora quisiera reducir la ocupación para ajustarse al 15 %, eso implicaría una modificación del proyecto que debería ser objeto de nueva valoración técnica y jurídica.
La petición al Consell
El paso final es el más llamativo. El oficio solicita al Consell que informe si, en caso de que la promotora presente una modificación del proyecto, «en todo caso resultaría preceptiva la emisión de un nuevo informe» insular, «o si, tal y como se nos ha informado en otras ocasiones, en caso de que en el proyecto modificado se mantengan las mismas actuaciones de mejora y modernización que fueron objeto del informe favorable originario, no sería necesaria la emisión de un nuevo informe».
Es decir: el Ayuntamiento pide al Consell que confirme que la promotora podría modificar el proyecto manteniendo vivo el informe favorable de octubre de 2025 —precisamente el informe que está bajo revisión por haberse emitido, según los recurrentes, sobre presupuestos de hecho inexactos—. Y lo hace invocando antecedentes en los que el propio Servicio de Ordenación Turística habría considerado innecesario un informe nuevo.
Lo que el Consell ya había respondido
La petición choca de frente con lo que el órgano insular estableció el 28 de julio, un mes antes. Su informe-propuesta concluyó que no procede admitir un proyecto modificado con la pretensión de acogerse nuevamente al artículo 7 de la Ley 2/2020, hoy derogado; que una modificación dirigida a reducir la ocupación exigiría una nueva valoración de una actuación diferente; que no puede emitirse actualmente un nuevo informe de modernización al amparo de aquel precepto; que no cabe extender automáticamente a otro proyecto el régimen transitorio aplicable al originario; y que una eventual actuación futura no podrá considerarse subsanación retroactiva del informe emitido ni de la licencia otorgada.
La sucesión de argumentos es la que la oposición municipal e insular vienen señalando. La portavoz del PSOE, Elena López Bonnet sostiene que Ayuntamiento y Consell emitieron informes favorables y que ahora «no saben cómo revertir esta situación». Desde la oposición consideran incomprensible que el alcalde, Rafael Triguero, no revise la licencia teniendo los instrumentos urbanísticos para hacerlo.









