El Consell Insular de Ibiza ha avanzado en el proceso sancionador contra la empresa Inversiones Inmobiliarias Canvives SAU por no ejecutar el derribo de la estructura ilegal de Cala Molí y prepara ya la tercera multa coercitiva tras haber impuesto dos sanciones previas.
Según han confirmado desde el Consell a La Voz de Ibiza, la primera multa fue recurrida ante los tribunales y la segunda ya ha sido impuesta y publicada en el BOE, en el marco de un expediente urbanístico que se remonta a hace casi dos décadas.
Cada una de las sanciones asciende a 24.869 euros, equivalente al 10% del valor de la construcción ilegal, tal como ya detalló el Consell en el inicio del procedimiento coercitivo.
Estas multas tienen como objetivo forzar a la propiedad a cumplir con la orden de demolición de la edificación ubicada en suelo protegido en Cala Molí, en el municipio de Sant Josep, donde la estructura permanece en pie pese a las resoluciones judiciales.
El mecanismo contempla la imposición de sanciones sucesivas en caso de incumplimiento, una vía que el Consell ya ha activado de forma progresiva.

Hasta 12 sanciones antes del derribo forzoso
Desde la institución insular reiteran que se podrán imponer hasta 12 multas coercitivas consecutivas si no se ejecuta el derribo, lo que podría elevar significativamente la cuantía total de las sanciones.
Una vez alcanzado ese límite, el Consell dará un paso más y procederá a la ejecución subsidiaria del derribo, es decir, asumirá directamente la demolición de la estructura ilegal y posteriormente reclamará el coste a la empresa propietaria.
Un conflicto urbanístico que desató el ‘caso Huerta’
La estructura sancionada ocupa una parcela junto a la calle Puig de Mar, dentro de un Área Natural de Especial Interés (ANEI). Se trata de un conjunto de 900 metros cuadrados de viviendas y 300 de trasteros, construidos por el Grupo Medi a principios de los 2000, como parte de una promoción que incluía apartamentos, estudios, piscinas y zonas comunes.
El origen del caso de urbanismo a la carta se remonta a una denuncia del Grupo de Estudios de la Naturaleza (GEN), que alertó de que la urbanización en construcción invadía parcialmente un Área Natural de Especial Interés (ANEI).
Esta advertencia dio lugar al procedimiento judicial conocido como caso Huerta, una trama liderada por el entonces arquitecto municipal de Sant Josep, Antonio Huerta Briz, ya fallecido, que buscaba controlar los proyectos urbanísticos del municipio.
El proyecto de la promoción fue redactado por la arquitecta Pilar Fernández, entonces pareja del hijo de Huerta, mientras que el propio arquitecto municipal emitió un informe favorable. Posteriormente, en 2002, el equipo de gobierno del Partido Popular concedió la licencia de obras al grupo valenciano Medi.
Tras la denuncia ecologista y la confirmación de que parte de la urbanización ocupaba suelo protegido, el Ayuntamiento se vio obligado a paralizar las obras. El proceso judicial culminó a finales de 2007, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) anuló la licencia, decisión que fue precisada mediante un auto aclaratorio a comienzos de 2008.
Por su parte, el Consell de Ibiza ratificó que las construcciones eran ilegalizables.

Además, el tribunal balear rechazó en una resolución posterior la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por el promotor, que ascendía a seis millones de euros, al considerar que actuó «con dolo, culpa o negligencia».
Una orden de derribo ignorada durante años
En 2018, el entonces alcalde socialista Josep Marí Ribas admitía públicamente que había que demoler la obra. Su sucesor, Ángel Luis Guerrero, también afirmó que sería “en breve”. Pero pasaron los años y no se actuó. En 2022, una denuncia ciudadana motivó al Consell a reabrir el expediente, ya bajo su competencia tras la aprobación de la Ley de Urbanismo de Baleares.
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En septiembre de 2023, el Consell dictó una nueva orden de demolición y fijó un plazo de un año para su ejecución. La empresa propietaria, Inversiones Inmobiliarias Canvives SAU, presentó un recurso de alzada que fue desestimado en febrero de 2024. El expediente volvió a activarse con firmeza.
El plazo venció: sigue la obra, llega la multa
“El 20 de febrero de 2025 se certificó que la obra seguía allí —parada, pero aún existente—”, explicó Mariano Juan ante el pleno. Ese día, vencido el plazo legal de ejecución del derribo, el Consell impuso la primera multa coercitiva, prevista por ley para forzar el cumplimiento.
La sanción asciende a 24.869 euros, equivalente al 10% del valor de la construcción ilegal. Tal como explicó el vicepresidente, se podrán imponer hasta 12 multas consecutivas si no se derriba la estructura. Una vez agotadas, el Consell podrá ejecutar la demolición subsidiaria y repercutir los costes a la empresa.

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